La resolución detalló que la Clínica Dávila envió al paciente a Dicom pese a que había en curso un proceso administrativo relacionado a los costos de la atención.

La Corte de Apelaciones de Santiago le ordenó a la Clínica Dávila -ubicada en la Avenida Recoleta en el Gran Santiago- eliminar una deuda por atención de urgencia del boletín comercial (Dicom).

En fallo unánime, la Séptima Sala del tribunal de alzada estableció un “actuar ilegal y arbitrario de la clínica privada al publicar la acreencia”, ya que aún en este caso estaba pendiente una resolución de un reclamo presentado ante la Superintendencia de Salud.

El fallo detalló que la persona fue atendida en la Clínica Dávila e ingresó por el servicio de urgencia. Luego quedó hospitalizada y no se activó “la Ley de Urgencia, generando el pago de la suma aproximada de $8 millones”.

Por ese monto fue que se notificó la deuda al boletín comercial.

La resolución remarcó que a la fecha hay un procedimiento administrativo en curso asociado a lo anterior.

Por último, añadió que tanto el paciente como su familia vieron afectada su “tranquilidad psíquica”, al verse desprovistos de los recursos para atender el cobro de la clínica junto con la imposibilidad de acceder “a casas comerciales (…) para la subsistencia” del grupo familiar.