La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección presentado en contra del Banco de Crédito e Inversiones (BCI) y la empresa filial de cobranza Normaliza S.A. por el acoso a un cliente para el cobro de una deuda.

En fallo unánime, la Tercera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Mauricio Silva Cancino, Carlos Gajardo y la abogada (i) Carolina Coppo– ordenó al banco y filial cesar la cobranza extrajudicial por medio de llamadas telefónicas, mensajes de texto o correos electrónicos.

“Que si bien no se discute -ni aun por la parte recurrente-, la facultad de la recurrida para ejecutar gestiones extrajudiciales de cobro respecto de obligaciones impagas por parte de sus clientes, esas acciones deben desarrollarse en el marco legal, lo que no autoriza las prácticas abusivas”, establece el fallo.

“Ahora bien, la cobranza extrajudicial desplegada por la recurrida se evidencia desmedida, por cuanto se extiende durante meses del año 2018 -intensificándose en los meses de septiembre y octubre-, respecto de un crédito existente y otro que no, realizándose además llamadas al recurrente respecto de terceras personas, todo lo cual transforma la insistencia y reiteración del mecanismo de cobro extrajudicial, en desproporcionado, arbitrario y sin razón. Más aún si el fin de las llamadas y mensajes enviados es recordar de manera preventiva algunas veces y vencidas las cuotas en otras, para lo cual no es necesaria la frecuencia verificada”.