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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

Las cajas de compensación otorgaron más de 1,3 billones de pesos en créditos sociales en 2025, un aumento del 23,7% respecto al año anterior, según la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso). Estas instituciones, que cuentan con cerca de 7,5 millones de afiliados, ofrecen diversas prestaciones como asignaciones, licencias y subsidios, además de créditos sociales regulados por la Suseso para evitar sobreendeudamiento. El monto máximo de endeudamiento está limitado al 25% de la renta o pensión, con un plazo máximo de 5 años para su devolución.

Más de 1 billón 380 mil millones de pesos en créditos sociales fueron otorgados por las cajas de compensación en 2025, un 23,7% más que en 2024, según reportó la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso).

En nuestro país existen cuatro cajas de compensación que reúnen a cerca de 7,5 millones de personas trabajadoras y pensionadas afiliadas.

Entre las prestaciones que entregan se encuentran los créditos sociales, cuyo monto máximo de endeudamiento está regulado por la Superintendencia de Seguridad Social.

Además de entregar las prestaciones de seguridad social, como asignaciones, licencias y subsidios, las cajas de compensación también están habilitadas para otorgar créditos sociales que permiten a los afiliados cubrir necesidades y contingencias económicas, mencionó la Suseso.

El monto total de créditos sociales otorgados en el año 2025 por las cajas de compensación ascendió a M$ 1.380.191.822 de pesos, un 23,7% más que el año anterior.

Créditos sociales

El crédito social se encuentra regulado por la Suseso a fin de evitar situaciones de sobreendeudamiento, limitando la relación entre la cuota mensual y la renta o pensión, la que no puede superar el 25% en caso de que el afiliado tenga una remuneración o pensión igual o superior al ingreso mínimo.

Para los pensionados titulares de una Pensión Garantizada Universal (PGU), la cuota mensual no puede exceder el 5% del monto de la pensión líquida.

“El plazo de restitución del crédito social de consumo no puede exceder de 5 años”, indicó el regulador.

Las tasas de interés que cobran las cajas deben ser las mismas para todas las personas afiliadas que se encuentren en igual situación y solo pueden variar conforme al monto y plazo del crédito, pero en el caso de los pensionados, dichas tasas deben ser siempre menores que las cobradas a trabajadores para el mismo monto y plazo de restitución del crédito.