La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Talca y rechazó el retiro total de los fondos de pensión de un afiliado a AFP Provida.

La Tercera Sala del máximo tribunal del país determinó que Provida había actuado de forma correcta al negar el retiro total de los fondos al afiliado, quien jubiló en 2017 y actualmente recibe un pensión de $163 mil.

El fallo de la Suprema descartó los argumentos dados en la Corte de Apelaciones, donde señalaban que la situación del afiliado enfrentaba dos derechos constitucionales, como la seguridad social y el derecho a la propiedad.

Según la Suprema, el hecho de que reciba mensualmente una pensión en base a sus ahorros descarta este argumento.

“Resulta relevante señalar que la sentencia impugnada plantea una falsa colisión entre derechos de carácter constitucional, toda vez que en caso alguno se ha privado o perturbado el ejercicio del derecho de propiedad del actor respecto de sus fondos previsionales”, señala el fallo.

También sostiene que aunque la legislación contempla situaciones para retirar parte o la totalidad de los fondos de pensiones, este caso no estaba entre las excepciones y que tampoco es algo que pueda determinar los tribunales.

“La circunstancia que el legislador haya previsto un sistema específico que posibilita el retiro de los fondos bajo determinadas circunstancias y modalidades, no implica que puedan los tribunales de justicia hacer una aplicación extensiva de tales disposiciones”, agrega.