La profesión médica, por la naturaleza del servicio que entrega, descansa críticamente en la confianza que la población deposita en que quienes la ejercen antepondrán el interés de las personas a cualquier otra consideración.

Lo mismo ocurre con otras actividades, cuyo desempeño está ligado estrechamente al aseguramiento de derechos fundamentales: justicia, educación, vivienda, información, entre otros.

Este principio es el fundamento del ejercicio médico, y constituye el eje principal de su ética y del contrato -no escrito- que la sociedad ha establecido con la profesión médica. A este compromiso se suman -en igualdad de términos- el respeto por la autonomía de la persona y la preocupación por la justicia en la atención de salud.

El resguardo de esta relación de confianza es responsabilidad solidaria, por consiguiente, de la profesión médica en su expresión organizativa, y del Estado, como engranaje esencial para la materialización del derecho a la salud, ampliamente reconocido en las constituciones democráticas modernas.

La naturaleza del bien cautelado por esta relación obliga a que se dispongan las medidas necesarias para que la profesión sea ejercida sólo por quienes se encuentran técnica y éticamente calificados para hacerlo.

Desde la desaparición de la tuición ética de los colegios profesionales, ocurrida en dictadura (1981), la calificación ética del desempeño profesional en Chile quedó exclusivamente entregada a la conciencia de cada profesional, quien puede someterse voluntariamente a la supervisión de sus pares o bien optar, sin efecto alguno, a sustraerse de todo control en esta dimensión de su práctica. Además, para quienes voluntariamente aceptan la tuición ética de sus pares, las eventuales sanciones aplicadas por faltas a la ética tienen un efecto casi puramente declarativo.

Es obligación del Estado asegurar el funcionamiento de organismos técnicamente habilitados para ejercer el control ético sobre el ejercicio profesional, como instancias de público acceso, que deriven en un registro nacional que permita comprobar y controlar dicho ejercicio. En Chile, esta función fue delegada por años a los colegios profesionales, hasta que, por la fuerza de las armas, se terminó con ella.

El proyecto de Ley de Tuición Ética descansa en el Congreso desde hace más de 10 años. La redacción de una nueva Constitución es la oportunidad de recuperar la responsabilidad del Estado en esta materia, asegurando el rol de las instancias colegiadas en la habilitación técnica y ética de los y las profesionales que se desempeñan en labores que impactan directamente en la vida y dignidad de las personas.

Dr. Iván Mendoza
Vicepresidente Consejo Regional Santiago – COLMED

Dr. Rodrigo Salinas
Neurólogo. Magíster en Ciencia U. de Oxford