Abordar los diversos desafíos sociales, asegurar la consistencia de las prestaciones y beneficios mediante la recolección y consolidación de la información; su análisis previo y el seguimiento de los programas que se llevan a cabo con recursos estatales, son los ejes del proyecto que crea el Ministerio de Desarrollo Social.

La iniciativa, en primer trámite, será analizada por la Comisión de Gobierno y apunta a entregar una visión global, alineada y coordinada de la política social del país, de modo de contar con una institucionalidad renovada, claramente definida y dotada de las atribuciones suficientes que permitan garantizar y asumir el rol preponderante que demandan los desafíos sociales -actuales y futuros- del país.

De acuerdo al mensaje del Ejecutivo, se trata de crear “un órgano de administración y gestión que, en primer lugar, colabore con el Presidente de la República y con los diversos ministerios sectoriales en la tarea de alcanzar la debida coordinación de los programas sociales impulsados por el Estado, y que, asimismo, abogue por la consistencia y coherencia en materia de desarrollo social, resulta imperiosa para alcanzar los objetivos sociales de este Gobierno”.

En lo fundamental, el proyecto propone que el Ministerio tenga un rol activo, en el ámbito de su competencia, en el proceso presupuestario a través de informes de monitoreo de ejecución y de evaluación previa de programas sociales y aquellos referidos a los proyectos de inversión.

En cuanto a la evaluación de los programas sociales que vayan a implementarse por el Ministerio de Desarrollo Social, por otros ministerios y por sus respectivos servicios públicos, así como aquéllos que persigan ampliarse o soliciten una reformulación, la iniciativa propone que el Ministerio de Desarrollo Social, sobre la base de un procedimiento definido, de aplicación general y claramente identificable por los organismos del Estado, realice una evaluación ex-ante de éstos, con el objeto de velar por su coherencia, consistencia y atingencia.

Para realizar esta evaluación preventiva, se propone dotar al Ministerio de Desarrollo Social de atribuciones para definir los criterios de evaluación, previa aprobación del Comité Interministerial asesor del Presidente de la República y, una vez aprobados, para aplicarlos mediante la emisión de un informe de recomendación no vinculante, de forma tal que manifieste mediante una opinión previa, clara y fundada, si el programa debiera o no ser ejecutado.

Por otra parte, y para no generar terrenos difusos respecto del rol evaluador y del ámbito de competencia del Ministerio de Desarrollo Social, se propone plasmar una definición en la ley de lo que se debe entender por “programas sociales”, dado que éstos, independiente del ministerio del cual emanen, serán objeto de evaluación ex ante.

Al respecto, se circunscribe el concepto de programas sociales a las actividades contenidas en la definición funcional de gasto público social que elabora la Dirección de Presupuestos dependiente del Ministerio de Hacienda.

Sin embargo, se propone que un reglamento expedido a través del Ministerio de Desarrollo Social, suscrito además por el Ministro de Hacienda, fije el procedimiento a través del cual se determinarán los programas que se clasificarán funcionalmente dentro del gasto público social.

Se otorga además la función de colaborar en el seguimiento de los programas sociales que se están llevando a cabo por ministerios y servicios públicos. Esta evaluación se materializará mediante un informe (ficha de monitoreo) que deberá ser puesto a disposición del Comité Interministerial de Desarrollo Social y de la Dirección de Presupuestos, con el objeto que el Comité pueda proponer al Presidente de la República las medidas que estime necesarias para potenciar los programas sociales.

Por otro lado, se entrega la facultad de perfeccionar la evaluación previa de la rentabilidad social de los proyectos de inversión que soliciten financiamiento del Estado.

Para ello se propone un fortalecimiento de las competencias y del ámbito de acción que tendrá el Ministerio de Desarrollo Social en el Sistema Nacional de Inversiones, el cual se plasma en el reconocimiento legal del Banco Integrado de Proyectos de Inversión y de la incorporación de las respectivas funciones y atribuciones que fortalezcan el rol del Ministerio.

Asimismo, pasarán por el Sistema Nacional de Inversiones los proyectos de inversión pública independientemente de su fuente de financiamiento, lo que permitirá un mayor control de los formuladores con sus proyectos y una mayor transparencia, tanto en la formulación como en la ejecución presupuestaria.

Además, se potenciará la coordinación con la Dirección de Presupuestos de modo de velar por un buen uso de los fondos fiscales y se enfatizará el desarrollo de capacidades a nivel regional, de modo de poder generar proyectos de mejor calidad a lo largo del país.