El Tribunal Constitucional (TC) falló respecto al proyecto de ley que entregó nuevas facultades fiscalizadoras al Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), rechazando las potestades que le entregaba la iniciativa.

Desde la entidad precisaron que si bien se declararon inconsitucionales aspectos medulares del cuerpo legal, se “mantuvo incólume el aumento de sanciones y el régimen de protección a los consumidores propuesto en el proyecto”.

En esta línea la declaración del Tribunal se fundamentó en que las medidas propuestas para que el Sernac pueda juzgar “sólo pueden ser adoptadas por un tribunal independiente e imparcial, características que éste no reúne”.

De esta forma se avaló la principal crítica hacia el proyecto, respecto a que la entidad encabezada por Ernesto Muñoz, sería juez y parte en las denuncias, puesto que ejercería su facultad fiscalizadora y a la vez aplicaría sanciones que responden a una naturaleza jurisdiccionales.

Así también el TC declaró inconstitucional la potestad normativa del Sernac, la que, según el organismo, “amenaza la garantía de que sólo la ley puede fijar las reglas entre consumidores y proveedores en la medida que ello importa la regulación de derechos fundamentales”.

También se declaró contraria a la Carta Magna, la potestad de solicitar antecedentes a organismos públicos, la que, según el fallo, podría comprender información secreta o reservada de cualquier persona, transgrediendo el principio de publicidad y la garantía al respeto y protección de la vida privada.