Miles de funcionarios públicos se encuentran en la mira por el supuesto uso fraudulento de licencias médicas; y justo en este escándalo, se promulgó una ley en Chile que aumenta las facultades de los organismos fiscalizadores y estable nuevas sanciones penales a quiénes las entreguen de manera irregular o con mal uso.
En concreto, la iniciativa endurece las sanciones para los profesionales que emitan documentos sin respaldo médico, establece nuevas exigencias para su otorgamiento y regula el uso de la telemedicina en estos procesos.
Nueva ley endurece sanciones por licencias médicas falsas
Posterior a que la Contraloría General de la República destapara el caso de los miles de funcionarios públicos que dejaron el país mientras hacían uso de licencias médicas, el 24 de mayo pasado se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 21.746, norma que modifica la Ley N° 20.585 con el objetivo de fortalecer las facultades de los organismos reguladores y fiscalizadores frente al uso irregular de estos documentos médicos.
Uno de los principales cambios introducidos por la nueva ley es que solo podrán emitir licencias médicas los médicos cirujanos, dentistas o matronas debidamente inscritos en el Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud. Además, quienes hayan obtenido o revalidado su título desde el 19 de abril de 2009 deberán haber aprobado el Examen Único Nacional de Conocimientos de Medicina (Eunacom).
Asimismo, se oficializa la licencia médica electrónica, que deberá materializarse en un formulario digital con las mismas secciones y datos que el formato en papel. Acorde a la nueva ley, solo en casos excepcionales se permitirá la emisión en soporte físico, como cuando haya falta de conectividad o el profesional cuente con una autorización especial del Compin.
¿Cuáles son las nuevas sanciones por emitir licencias fraudulentas
La tramitación electrónica de licencias médicas estará a cargo de un sistema de información que podrá ser operado por entidades públicas o privadas, pero será fiscalizado por la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso). Esta institución, junto a las Compin, podrá iniciar investigaciones por licencias que carezcan de justificación médica.
La ley establece sanciones progresivas según la gravedad y reincidencia del profesional:
Suspensión hasta por 180 días y multa de hasta 140 UTM ($9.6 millones) por emitir licencias sin fundamento médico.
Suspensión hasta por un año y multa de 200 UTM ($13,7 millones) en caso de reincidencia dentro de 5 años.
Suspensión hasta por tres años y multa de hasta 350 UTM ($24 millones) por segunda reincidencia.
Y la suspensión perpetua y multa de hasta 600 UTM ($41,1 millones) por tercera reincidencia en siete años.
Penas de cárcel por licencias médicas fraudulentas según nueva ley
En casos de falsedad acreditada, los antecedentes serán remitidos al Ministerio Público para posibles sanciones penales.
Acorde a la ley, se modificó el artículo 202 del Código Penal, y desde ahora el facultativo que incurra en las falsedades en el otorgamiento, obtención o tramitación de licencias médicas o declaraciones de invalidez será sancionado con las penas de presidio menor en su grado medio a máximo y una multa de 300 a 1000 UTM, es decir desde 3 años y un día hasta 5 años de cárcel y entre $20,5 y $68,4 millones.
Del mismo modo, el que maliciosamente use los documentos falsos, cualquiera sea la forma en que los haya obtenido, se impondrá la pena de reclusión menor en sus grados mínimo a medio y multa de 25 a 250 UTM, o sea, entre los 61 días y 540 días de cárcel y de $1,7 a $17,1 millones .
Para reforzar la fiscalización, la Suseso deberá mantener un sistema de denuncia anónima y un registro público de sanciones disponibles en su sitio web. Este incluirá el promedio de licencias emitidas por cada profesional, desglosado por especialidad y periodo de tiempo.
Los prestadores de salud, tanto públicos como privados, estarán obligados a publicar dicho registro en sus sitios web y en sus establecimientos.
Fiscalización a contralores médicos y telemedicina
La ley también faculta la investigación y sanción de contralores médicos de Isapres y Compin que rechacen o modifiquen licencias sin justificación. Las sanciones van desde multas de 7,5 UTM hasta la suspensión por un año en caso de reincidencias graves.
En cuanto a la telemedicina, la nueva normativa exige que los profesionales estén habilitados específicamente para brindar atenciones a distancia mediante plataformas tecnológicas aprobadas, registrando cada consulta como respaldo de la licencia otorgada.
Con esta legislación, se busca proteger el sistema de seguridad social, evitar fraudes y garantizar que las licencias médicas se entreguen únicamente a usuarios legítimos.
También se asignan recursos para aumentar la dotación fiscalizadora de la Suseso y la Compin, con un gasto estimado superior a los $690 millones en régimen.