Ante un cobro excesivo de Metrogas a alrededor de 800 mil clientes por casi 400 millones de dólares, se da el absurdo de que mientras la Fiscalía Nacional Económica señala que se ha actuado en el marco de la ley no estando dicha empresa sujeta a penalidad, la asociación de consumidores Conadecus, -y entendemos que también Sernac-, sostienen que dicho cobro constituye un fraude a la ley en perjuicio de los consumidores, los que deben ser indemnizados, amén de las multas correspondientes a la referida empresa.

El Fiscal Nacional Económico habría declarado recientemente ante la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados que Metrogas: “está amparado en una norma legal, actualmente vigente, que le permite traspasar rentabilidad desde una empresa regulada como es la propia Metrogas a otra que está integrada pero no regulada como es Agesa”.

Mediante la creación de esa empresa (Agesa) que no es sino una especie de Metrogas 2, a la cual le recompra el gas elevando los costos, Metrogas ha subido el precio a los consumidores en alrededor de un 20%, generando para si una ganancia adicional de casi 400 millones de dólares en los últimos años y, simultáneamente, una pérdida a miles de clientes por esta misma suma, amén de otros tipos de daños.

En una reciente columna el profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad San Sebastián, Cristóbal Cifuentes ha expresado: “El actuar de Metrogas no tiene justificación y que exista un resquicio legal no lo hace legítimo…”. Agrega: “Para cobrar más a sus clientes, aumentando sus costos en la compra de gas, Agesa compra el gas y lo vende a su matriz Metrogas. Esta figura está al borde de la ética de los mercados. Es ilegítima e inmoral”.

Coincidimos; dicha figura es inmoral e ilegítima. Inmoral pues atenta en contra de la propia Constitución vigente en cuanto el Art. 19 N. 21 garantiza el derecho a desarrollar cualquier actividad económica que no sea contraria a la moral.

Es ilegítima, pues no obstante basarse en un vacío de la ley vulnera abiertamente derechos de terceros; como se indicó, a cerca de 800 mil consumidores de gas. Téngase presente que entre estos consumidores se encuentran también numerosas empresas que al pagar más caro el gas terminan elevando el precio de sus productos, exacerbando en forma extra el proceso inflacionario que sufre el país. Esto es, el daño que la maniobra de Metrogas ha causado se extiende a la sociedad toda.

Es increíble cómo aún en los más altos niveles intelectuales no logre distinguirse entre legalidad y legitimidad, en una especie de endiosamiento al texto de la ley, ignorando si ésta es contraria al derecho, a principios jurídicos superiores y lesiva a terceros, como es el caso en cuestión.

El argumento de que Metrogas ha actuado en el marco de la ley rememora a quienes se inclinaban antes leyes que permitían la esclavitud o las discriminaciones contra mujeres y hasta en contra de niños nacidos fuera de matrimonio, con el argumento, “hay que respetar la ley…, pues así lo establece la ley…”.

Conadecus desarrolla sólidos argumentos para demostrar que no obstante la Fiscalía Nacional Económica considere que Metrogas ha actuado en el marco de las leyes sobre libre competencia, dicha empresa ha vulnerado expresas normas de protección a los consumidores garantizadas en la Ley 19.496. En su demanda arguye al menos seis graves infracciones de Metrogas a dicha ley. Primero, al deber de respetar los contratos según lo establece el art. 12 en concordancia con el art. 16 letra a) que prescribe que en los contratos de adhesión no producirán efecto alguno las cláusulas en que una de las partes lo modifique a su arbitrio.

Enseguida, vulneración al deber del proveedor de entregar información veraz y no inducir a engaño al consumidor, sancionado en el art. 28. Asimismo, infracciones a la buena fe en la relación entre las partes, conforme al art. 16 letra g). Por otra parte, no efectuar cobros indebidos, infracción prescrita en el art. 53 C letra d) que obliga a la devolución de lo pagado en exceso.

Cada una de esas transgresiones a la ley están desarrolladas exhaustivamente en la demanda, concluyendo que los consumidores deben ser indemnizados por el daño que les ha significado estar pagando indebidamente alrededor de 400 millones de dólares en los últimos cinco años.

Ante el presunto vacío a la ley que con seguridad argüirá Metrogas ante la justicia, se debe tener presente que la nueva Ley 21.398 de reciente entrada en vigor establece que cualquier disposición ambigua o poco clara ha de interpretarse en favor del consumidor. El Art. 2 ter de esta ley señala expresamente: “Las normas contenidas en esta ley se interpretarán siempre en favor de los consumidores, de acuerdo con el principio proconsumidor”. Es de esperar que la justicia obre en consecuencia.

Junto a este eventual fraude a la ley estamos en presencia de una especie de absurdo institucional, pues, como se ha visto, mientras la Fiscalía Nacional Económica aduce que no hay ni vulneración legal ni penalidad, las entidades protectoras de los consumidores sostienen lo contrario señalando que existen infracciones a la ley que deben penalizarse.

Frente a esta incongruencia institucional sostenemos la necesidad de repensar la estructura de dichas entidades pues si se trata de cautelar el apropiado funcionamiento del mercado y siendo los sujetos esenciales de este los consumidores (demandantes) y las empresas (oferentes), es absurdo que no estén ambos y sus respectivos estatutos jurídicos bajo una misma institución que los coordine.

En efecto, el mercado es como una moneda que no se entiende sin un lado del otro. Es lo que ha sucedido en nuestra organización institucional. Paranoicamente se ha intentado escindir la moneda por medio de dos organismos que debiendo constituir un todo se encuentran disgregados y completamente descoordinados. A vía de mero ejemplo, debiesen conformar una suerte de ministerio con dos subsecretarías que evite incongruencias y absurdos como los actuales que no hacen sino perjudicar al sistema económico y a la imagen que de éste posee la ciudadanía.

En resumen, el caso Metrogas nos ilustra sobre las falencias del país en el cuidado de su modelo de mercado, llámese social, subsidiario o solidario, y a la urgencia de coordinar armónicamente las instituciones encargadas de cautelar adecuadamente la libre competencia empresarial en relación con la debida y eficiente protección de los derechos de los consumidores.

Roberto Mayorga-Lorca, profesor Derecho Económico de la Universidad San Sebastián.

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