La Cámara de Diputados aprobó legislar sobre el proyecto de ley que declara imprescriptible los delitos sexuales sin importar la edad de quienes los sufran. En concreto, la iniciativa busca modificar el Código Penal de manera de extender esta condición a todas las víctimas y no sólo cuando se trate de menores de edad.

A nuestro parecer tal iniciativa va en contra de toda lógica, en razón al Derecho a Defensa que tiene todo imputado, pues en tal caso una denuncia o querella pudiese ser presentarse después de 15 años o más desde la comisión del delito. En tal caso las pruebas producto del paso del tiempo pueden ser ambiguas, generalmente sólo es relato, dejando en la incertidumbre al imputado, en torno a la posibilidad de poder tener un juicio y una defensa justa.

Pensemos que actualmente por delitos sexuales se utiliza de sobremanera la prisión preventiva, y en algunos casos, el imputado, quien ha pasado detenido el tiempo que dura la investigación, queda absuelto. Esto es distinto a la lógica de declarar imprescriptible los delitos sexuales de menores de edad, pues los ellos toman conocimiento de manera clara y significativa del hecho delictual, muchas veces cuando son adultos, y ahí, a nuestro parecer, corresponde evaluar la imprescriptibilidad.

Cabe hacer presente, que actualmente para los delitos sexuales cometidos contra los mayores de edad, los plazos de prescripción van de 5 a 10 años (dependiendo del delito), tiempo suficiente para actuar desde el punto de vista penal, ya sea mediante denuncia o querella criminal .

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