Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.
La Fiscalía de Antofagasta se prepara para sus próximos pasos en el caso ProCultura, tras la formalización de cinco imputados por presunto fraude en convenios con el Gobierno Regional Metropolitano. El Ministerio Público tiene cinco días para apelar la resolución que dejó a Alberto Larraín con arraigo nacional. Cuatro imputados tienen arraigo nacional y uno arresto domiciliario total. Se solicitó el desafuero del gobernador Claudio Orrego. La Corte de Apelaciones revisará el desafuero en las próximas semanas. La Fiscalía puede seguir investigando sin apelar.
La Fiscalía regional de Antofagasta prepara sus próximos movimientos en el caso ProCultura, tras la formalización de los cinco imputados por un presunto fraude ligado a convenios con el Gobierno Regional Metropolitano.
En concreto, el Ministerio Público tiene cinco días para presentar su apelación contra la resolución que dejó con arraigo nacional a Alberto Larraín y a otros sujetos formalizados en el caso.
Todo esto luego de que el 7° Juzgado de Garantía de Santiago rechazara decretar la prisión preventiva para todos ellos.
Fiscalía tiene 5 días para apelar por resolución que dejó a Larraín con arraigo nacional en caso ProCultura
Recordemos que al término de la audiencia, cuatro imputados quedaron con arraigo nacional y uno con arresto domiciliario total, o sea, sin cautelares consideradas “gravosas”.
Lo anterior abre la puerta a que la Fiscalía recurra a la Corte de Apelaciones dentro de los próximos 4 días, pues tiene sólo cinco -a partir de hoy- para apelar y revertir la decisión.
El punto más sensible es el del gobernador Claudio Orrego. Por ello, el Ministerio Público ya ingresó una solicitud de desafuero y, de acuerdo con fuentes de Radio Bío Bío, parte relevante del desafuero fue materia de la fallida formalización.
La Corte de Apelaciones de Santiago debería revisar el desafuero en un pleno extraordinario durante las próximas semanas, aunque la vista puede suspenderse a petición de las partes.
Al debate público, además, se sumó un reportaje de T13 que exhibió chats atribuidos a Alberto Larraín, fundador de ProCultura, en los que se menciona a Orrego antes de la adjudicación del programa “Quédate”, por más de 1.600 millones de pesos.
Antecedentes que podrían ser incorporados por la Fiscalía en la audiencia de desafuero, ya que el Tribunal de Alzada debe ponderar si lo reunido hasta ahora es lo suficientemente serio y verosímil como para levantar la inmunidad del cargo.
El exfiscal Andrés Cruz explicó que las medidas cautelares decretadas a los formalizados no son una pena anticipada y que, incluso si la Fiscalía no apela, la investigación puede seguir avanzando sin problema.
Asimismo, precisó que el desafuero funciona como un “antejuicio”, ya que no exige acreditar responsabilidad penal como en un juicio oral, pero sí mostrar antecedentes plausibles que justifiquen seguir adelante con diligencias y, eventualmente, con medidas cautelares personales o una futura acusación contra una autoridad.
En esa línea, el fiscal nacional Ángel Valencia recalcó durante esta semana que Orrego tiene calidad de imputado desde el momento en que hay una investigación dirigida en su contra, aunque todavía no esté formalizado.
Por su parte, la abogada penalista Milencka Altamirano añadió que, si la Corte de Apelaciones rechaza el desafuero, la decisión puede ser apelada ante la Corte Suprema, lo que extendería la definición.
Es por ello que, mientras se define si el Ministerio Público apelará por cautelares más duras para los imputados ya formalizados, el nudo político y judicial del caso está en el desafuero.
En esa instancia, la Fiscalía deberá convencer a la Corte de que existen antecedentes consistentes para levantar la protección del cargo de Orrego, aún cuando el proceso penal no esté en su etapa de prueba definitiva.
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Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por
lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia
dicte sentencia en su contra. (Artículo 04 del Código Procesal Penal)
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