En la cárcel deberá mantenerse una adulta mayor de 82 años que fue formalizada por el crimen de su hijo. De acuerdo a los antecedentes expuestos en la audiencia de formalización, la mujer le dio una sobredosis al hombre, luego lo maniató y posteriormente le envolvió la cabeza con "scotch" para que se asfixiara. Según se informó con anterioridad, la víctima fatal tenía antecedentes de esquizofrenia.

El Juzgado de Garantía de Ovalle dejó sujeta a la medida cautelar de prisión preventiva a la adulta mayor de iniciales A.D.C.V.O., imputada por el Ministerio Público como autora del delito consumado de parricidio, ilícito perpetrado el jueves recién pasado en la población Fray Jorge.

En la audiencia de formalización el magistrado Luis Muñoz Caamaño ordenó el ingreso de la mujer de 82 años al Centro de Detención Preventiva de Ovalle, por considerar que la libertad de la imputada constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Además fijó en 120 días el plazo de investigación.

De acuerdo con los antecedentes recopilados por la fiscalía gracias a las primeras diligencias, el parricidio se materializó cerca del mediodía del jueves.

Ese día, según expuso el ente persecutor, la imputada le suministró a su hijo G.A.F.V. -quien padecía un trastorno siquiátrico- una sobredosis de medicamentos y luego lo maniató con un trozo de tela y le enrolló la cabeza con cinta de embalaje (popularmente conocido como scotch), cubriendo la boca y nariz de la víctima, lo que le provocó la muerte por asfixia por aspiración de contenido gástrico.

Posterior a ello, la mujer intentó quitarse la vida consumiendo pastillas de ketamina. Al no conseguir su propósito, llamó a una nieta para reconocer el crimen, quien finalmente dio a viso de lo ocurrido a la policía.

“Hecho dramático y trágico”

Al resolver la privación de libertad de la imputada, el magistrado Muñoz Caamaño tuvo en consideración que “se trata de un hecho que conlleva una alta pena (…) presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo calificado y, desde ese solo punto de vista, la libertad de la imputada parece peligrosa para la seguridad de la sociedad”.

Sin embargo, reflexionó sobre el contexto del hecho señalando que la decisión la toma “sin obviar el hecho de que se trata de una persona de la tercera edad y las circunstancias especiales que tenía su hijo. Pero el acabar con la vida de una persona es de suyo un hecho atentatorio contra la seguridad de la sociedad“.

Añadiendo que “el tribunal se siente en la obligación de decretar la prisión preventiva, sin perjuicio de las particularidades que tiene este caso, como digo que son dramáticas y trágicas, pero de decretar una solución distinta podría dar pábulo a pensar que existen ciertas circunstancias en que podría estar justificado quitar la vida a otra persona, y eso no se puede tolerar”.