Este jueves la Corte de Apelaciones de Santiago acogió la apelación de Fiscalía por Nano Calderón, quien ahora deberá cumplir la prisión preventiva en el penal Santiago 1 de Gendarmería.

Uno de los elementos que habían sido entregados en los últimos días, en el marco del caso, era el informe psiquiátrico de Calderón Jr., el cual había emanado desde la clínica El Cedro.

Aquel documento pretendía informar que el estudiante de Derecho aún no estaba “compensado”, por lo que era poco recomendable enviarlo hasta un penal.

No obstante, en el fallo leído por la ministra Paola Plaza Gonzalez se informó que aquel archivo fue desatendido por el tribunal.

“Los altos niveles de impulsividad del imputado, sin indicadores de psicopatía, lo que incluso se desprende de la propia documentación aportada por la defensa y que se manifiesta en la concretización de los hechos delictivos, son antecedentes que conducen a estos sentenciadores a decidir que la libertad del imputado representa un peligro para la seguridad de la sociedad y de la víctima”, sostuvo.

“Motivo por el cual se mantiene en esta parte la decisión en alzada, desatendiéndose en lo demás las sugerencias contenidas en los informes médicos, en especial el de 25 de agosto, en tanto se trata de prueba producida y costeada por la propia parte que quiere servirse de ella”, agregó.

Lo cierto es que Calderón debería ser trasladado hasta el penal en los próximos minutos. De momento continúa al interior de la Clínica El Cedro, en compañía de su madre.

Hay que señalar que la Corte consideró el primer ataque de Nano a su padre como amenazas en el contexto de violencia intrafamiliar.

En tanto, la supuesta tenencia de armas del joven fue considerada como una infracción.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)