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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

En 2018, las plataformas de criptomonedas en Chile, CryptoMarket, Buda y OrionX, demandaron a diez bancos por prácticas anticompetitivas al cerrar y negar cuentas. La Corte Suprema desestimó las acusaciones, argumentando que no compiten directamente con los bancos, ni que estos conocían las decisiones del resto de instituciones financieras. Las empresas afirmaron que el cierre de cuentas las excluía y que cumplen con regulaciones anti lavado de dinero. Sin embargo, la Corte determinó que las criptomonedas no reemplazan a los bancos y los cierres fueron decisiones basadas en argumentos técnicos.

En 2018, tres de las plataformas de criptomonedas más conocidas en Chile; CryptoMarket, Buda y OrionX, decidieron emprender demandas contra diez bancos por presuntas prácticas anticompetitivas. En ellas, acusaban que las financieras cerraron de forma simultánea sus cuentas y se negaron a abrir otras nuevas.

Tal caso fue escalando desde el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) hasta la Corte Suprema que, en última instancia, desestimó las acusaciones, confirmando lo dispuesto por el TDLC y rechazando las demandas.

Según recuenta Pulso, entre los bancos apuntados por los “exchanges” cripto se encuentran BancoEstado, Banco de Chile, Bci, Itaú, entre otros. En resumen, el máximo tribunal del país sostuvo que no se estableció que las plataformas compitieran con los bancos, ni que estos últimos conocieran las decisiones del resto de firmas competidoras.

Plataformas de criptomonedas versus bancos en Chile

Las tres empresas que participaron en la demanda, habían argumentado de que el cierre de cuentas y la negativa a abrir nuevas, constituían una estratega para excluirlas del sector, apuntando a lo que sería, según ellas, una “explotación abusiva exclusoria”.

También sostuvieron que las cuentas corrientes son un elemento clave para operar, ya que mediante ellas se pueden realizar transferencias electrónicas de los usuarios, ya sea para comprar, vender o retirar fondos.

Recordemos que las criptomonedas son conocidas como “monedas” o “activos” digitales, los que se compran con dinero fiduciario (es decir, pesos chilenos, dólares, euros o cualquier otra moneda), por lo que si bien estas páginas ofrecen tanto la compra o venta entre diversas criptomonedas, también disponen de la compra de estas con pesos chilenos y también la venta de las mismas, donde las personas luego pueden retirar los fondos.

Con ello, las empresas también agregaron que cumplían con obligaciones respecto al lavado de activos, estando inscritas en el registro correspondiente de la Unidad de Análisis Financiero, y que las criptomonedas no son ilegales y su uso sigue en expansión, consigna Pulso.

Sin embargo, la Corte Suprema decidió desestimar las acusaciones.

Entre las conclusiones del tribunal se apunta que las cripto “no cumplen con las características propias del dinero”, por lo que no reemplazan los servicios de bancos.

Además, “no se acreditó la existencia de transparencia en el mercado relevante ni que los bancos conocieran las decisiones de sus competidores” y que algunas sí abrieron cuentas en años previos, detalla el citado medio.

Incluso, la Corte ahonda en ello y sentencia que el cierre de las cuentas fueron decisiones hechas con “razones objetivas, en procesos internos de evaluación técnica”, por lo que no se consta que se produzca una discriminación arbitraria.

Tras esto, CryptoMarket dijo a Pulso que respetan la sentencia, pero que están preocupados “por los alcances de esta resolución”, diciendo que “nos llama la atención que aún persistan cuestionamientos sobre la competencia entre bancos y actores del mundo cripto”.