El proyecto, que ya se encuentra en segundo trámite, manifiesta expresamente que "se prohíbe el uso de animales para la realización de pruebas de seguridad y eficacia de productos cosméticos, de higiene y odorización personal, y de todos y cada uno de sus ingredientes, combinación de ingredientes o formulaciones finales".

Los integrantes de la Comisión de Salud del Senado enviaron a Sala -y por unanimidad- el proyecto que modifica el Código Sanitario para “prohibir la experimentación en animales con miras a la elaboración de productos cosméticos, así como su importación y comercialización”.

La propuesta en segundo trámite fue revisada por los legisladores, quienes recibieron en la sesión a representantes de la ONG “Te Protejo” que promueven este proyecto, así como a la Cámara de la Industria Cosmetológica, que también se mostró a favor, según detalló un reporte de prensa de la Cámara Alta.

Por otra parte, desde el departamento jurídico del Instituto de Salud Pública (ISP) aseguraron que “en Chile no se experimenta con animales”.

La organización “Te Protejo” aseguró que “en Chile, 83 marcas nacionales e internacionales comercializan sus productos indicando que son libres de crueldad animal”.

Se precisó que 180 marcas se han sometido a la prueba, pero solo 83 han sido certificadas tras mediciones a su nivel de toxicidad.

El proyecto

El proyecto manifiesta expresamente que “se prohíbe el uso de animales para la realización de pruebas de seguridad y eficacia de productos cosméticos, de higiene y odorización personal, y de todos y cada uno de sus ingredientes, combinación de ingredientes o formulaciones finales”.

A efectos de garantizar la protección de la salud humana, los fabricantes deberán utilizar métodos alternativos de pruebas que no involucren animales para demostrar la seguridad y eficacia de productos cosméticos, de higiene y odorización personal y de todos y cada uno de sus ingredientes, combinación de ingredientes o formulaciones finales, reconocidos por el Instituto de Salud Pública o por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico.

Asimismo, se prohíbe la venta, comercialización, importación e introducción en el mercado nacional de productos cosméticos, de higiene y odorización personal cuyos ingredientes, combinación de ingredientes o formulaciones finales hubieren sido probados en animales para demostrar su seguridad y eficacia, con posterioridad a la entrada en vigencia de la ley.

Excepcionalmente, y conforme al proyecto, las prohibiciones establecidas no se aplicarían a las pruebas en animales si es solicitado, requerido o realizado por el Instituto de Salud Pública en el ejercicio de sus atribuciones, luego de demostrar por medio de resolución fundada que exista una necesidad de aquello.