La Corte Suprema ratificó que el Servicio de Salud Valparaíso-San Antonio debe pagar una indemnización de 10 millones de pesos a un hombre respecto del cual se violó la reserva legal de un diagnóstico por VIH-Sida.

En fallo unánime, los ministros de la Tercera Sala, ratificaron la responsabilidad del recinto por la negligente actuación de funcionarios y médicos del Hospital doctor Eduardo Pereira de Valparaíso.

Con la sentencia del máximo tribunal se rechaza el recurso de casación presentado por dicho servicio, ya que incurrieron en el incumplimiento de la confidencialidad y reserva del tratamiento de datos sensibles, al revelar la condición de VIH del demandante.

El paciente fue derivado en 2007 desde el Hospital Carlos van Buren hasta “El Sanatorio”, por un cólico biliar, y al ingresar se reveló a sus familiares y a otras personas que padecía el virus de manera asintomática por 20 años, pese a que él solicitó reserva pues NO había revelado a nadie su condición.

Incluso, se informó que era portador a estudiantes de medicina que completaban su preparación en el nocosomio sobre el diagnóstico revelando el número de su cama y donde estaba recuperándose.

En tanto, desde el SSVSA, informaron que acatarán el fallo de la Corte Suprema en ste caso, pero que no se van a referir publicamente a este caso.

La resolución se produce a días de que el ministerio de Salud aprobara un nuevo decreto en el que autoriza a los médicos a contactar a las parejas sexuales de aquellos que son portadores de VIH, en caso de éstos no les informen de la situación médica que podrían enfrentar.