El Carabinero que dio muerte al joven comunero mapuche, Matías Catrileo Quezada, no cumplirá pena efectiva de cárcel.
De forma unánime, los ministros de la Segunda Sala Penal de la Corte Suprema, el abogado integrante, y el auditor general del Ejército rechazaron la presentación de la familia del joven en contra del fallo que condenó al policía a 3 años y un día de presidio, con firma mensual.
En su lugar, se confirmó la condena con el beneficio de la libertad vigilada, aplicada al cabo segundo de Carabineros, Walter Ramírez Inostroza, por el delito de violencia innecesaria con resultado de muerte.
El fallo establece que no hubo infracción de ley en los recursos presentados, tanto por la parte querellante, como por la defensa del condenado.
Recordemos que Ramírez fue el autor del disparo que dio muerte a Catrileo, en el fundo Santa Margarita en enero de 2008, cuando el comunero participaba de una manifestación en ese predio de La Araucanía.