La idea es exigir, a quienes quieran acceder a una licencia profesional o clase B, la aprobación de cursos teóricos y prácticos de escuelas de conductores debidamente reconocidas por el Estado, los cuales deberán tener una duración distinta en cada caso.
Por esta razón la iniciativa modifica la Ley de Tránsito, haciendo un cambio en la definición de conductor profesional, señalando que éste es “toda persona que mantenga la licencia de conducir correspondiente y cuya actividad laboral principal, sea la conducción de vehículos a motor dedicados al transporte de mercancías o de personas, lo que se acreditará por certificación expedida por la empresa o institución para la que se ejerza dicha actividad”.
Considerando la responsabilidad que dicha definición conlleva, el proyecto exige que quienes deseen acceder a esta licencia profesional deberán aprobar cursos teóricos y prácticos de las escuelas de conductores debidamente reconocidas por el Estado, los que deberán tener una duración mínima de un mes, en lo que respecta a los cursos teóricos y de dos meses en lo que se refiere a los prácticos.
Los parlamentarios también disponen que para obtener licencia Clase B, y con el fin de disminuir la alta tasa de accidentes de tránsito, se hace necesario que quienes lo hagan por primera vez, deban aprobar un curso en una Escuela de Conductores, debidamente acreditada ante el Ministerio de Transportes, con cursos teóricos de una duración mínima de un mes y curso práctico, con duración mínima de tres meses.
Por último, el proyecto busca considerar como licencia profesional a los conductores de carrobombas, ya que actualmente, ésta está contemplada como Licencia Especial Clase F.
El texto legal fue presentado por los diputados RN, Pedro Browne, José Manuel Edwards, Leopoldo Pérez y Alejandro Santana y será analizado por la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones y la Comisión Especial de Bomberos.