El Consejo Nacional de Pesca afirmó que las autoridades deben resguardar de mejor manera la aplicación del decreto 123 sobre acceso a puertos para los barcos de factorías extranjeras, con el fin de resguardar el recurso jurel, luego de los malos resultados de la negociación de una Organización Regional de Pesca (ORP), en la reunión realizada en Nueva Zelanda.
Lo anterior, considerando la importancia de este recurso para la economía nacional y la significativa actividad pesquera que realizan en el alta mar adyacente a la Zona Económica Exclusiva Chilena sobre este recurso, flotas pesqueras de aguas distantes, pertenecientes a la Comunidad Europea, República Popular China, Korea, Vanuatu, Islas Faroe, Islas Cook y Federación Rusa, entre otros.
Sobre el particular, el Consejo a través de una declaración de prensa expresó su decepción por los resultados de la última ronda de negociación para el establecimiento de la Organización Regional de Pesca para el Pacífico Sur (ORP-PS), efectuada en el mes de noviembre, en la que las decisiones adoptadas por el nivel político sobre las medidas interinas para las pesquerías pelágicas, desconocieron las recomendaciones del Grupo de Trabajo Científico.
De esta manera, el Consejo Nacional de Pesca reiteró su compromiso en la adopción de decisiones orientadas a dar sustentabilidad a las pesquerías que desarrolla la flota pesquera chilena, tanto en nuestra Zona Económica Exclusiva como en alta mar.
En la misma línea, subrayó que Chile debe mantener las señales que ha dado en materia del cuidado de sus recursos pesqueros, no facilitando las acciones de pesca desarrolladas de manera irresponsable por naves de estados que no están interesados en el cuidado y uso sustentable de los recursos y que ponen en riesgo las pesquerías que significan una importante actividad económica en nuestro país.
A ello se suma la idea de reconocer que las naves que aprovisionan a las naves pesqueras extranjeras que se encuentran operando en alta mar, forman parte íntegra del sistema de la actividad pesquera que éstas realizan.
Es por esto que plantean que se debe exigir el acceso a puertos y servicios portuarios para las naves que presten servicios de apoyo logístico, avituallamiento o preparación de la pesca tales como el transporte de personas, el transbordo o transporte de recursos hidrobiológicos o de productos derivados de éstos, combustibles, artes de pesca, insumos o cualquier otro suministro, a las naves pesqueras de pabellón extranjero en alta mar.
Sólo que esto sea posible cuando las naves pesqueras extranjeras a las cuales provean estos servicios cumplan con las disposiciones que impone el D.S. Nº 123 de 2004, en sus letras a), b), c) d) y e).
Por último, el Consejo reiteró la necesidad de solicitar a las instancias del Estado de Chile competentes en la materia, adoptando todas aquellas acciones que sean necesarias para alcanzar lo planteado en el párrafo anterior.