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Viernes 01 octubre de 2021 | 12:40

¿Cómo puedo mantener la gratuidad en Educación Superior este 2021?

por Florencia Ortiz

Viernes 01 octubre de 2021 | 12:40

¿Cómo puedo mantener la gratuidad en Educación Superior este 2021?

por Florencia Ortiz

Pixabay

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visitas

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Según las últimas cifras entregadas por la Subsecretaría de Educación Superior sobre la asignación de beneficios estudiantiles, son más de 430 mil los estudiantes que este 2021 cuentan con gratuidad.

Para renovarla, solo debes matricularte en la misma institución de Educación Superior, o en otra que esté adscrita a este beneficio.

En este caso no es necesario que vuelvas a completar el Formulario Único de Acreditación Socioeconómica (FUAS), documento que se envía al Ministerio de Educación, para que validen tus datos con las bases de distintos organismos del Estado.

Sin embargo, debes tener en cuenta que no podrás mantener la gratuidad si: te cambias a una institución que no esté adscrita al beneficio; si excedes la duración formal de tu carrera; o si obtienes un título profesional.

En relación a cómo la panmdemia ha afectado a los jóvenes universitarios, el Ministerio de Educación aseguró que las y los estudiantes que cuenten con gratuidad y hayan visto retrasada su formación debido a los efectos del covid-19, no perderán el beneficio por haber excedido el tiempo nominal de la carrera.

¿Quiénes tendrán derecho a gratuidad este 2021?

Aquellos estudiantes que:
-Provengan de los hogares pertenecientes al 60% de menores ingresos del país.
-Se matriculen en alguna de las instituciones adscritas a gratuidad, y en alguna carrera de pregrado con modalidad presencial.
-No cuenten con un título profesional previo o un grado de licenciatura terminal, obtenido en alguna institución nacional o extranjera.

¿Qué instituciones están adscritas al beneficio?

Las instituciones elegibles para gratuidad son aquellas que cumplen los requisitos establecidos en la Ley 21.091, y que aceptan formalmente ingresar a esta política pública.

Universidades:
-Estatales
-Privadas no estatales comprendidas en el art. N° 1 del DFL N°4 de 1981.
-Privadas que estén acreditadas por al menos cuatro años, constituidas como personas jurídicas de derecho privado sin fines de lucro, corporaciones de derecho público o que deriven su personalidad jurídica de éstas, u otras entidades de derecho público reconocidas por ley.

Institutos Profesionales y Centros de Formación Técnica:

-Estar acreditados por al menos cuatro años.
-Estar constituidos como personas jurídicas sin fines de lucro o, en caso de tener controlador o controladores, que éstos sean personas naturales o jurídicas sin fines de lucro.
-En el caso de instituciones con fines de lucro, éstas deberán haber manifestado al Ministerio de Educación su compromiso de transformación a entidades sin fines de lucro, de acuerdo a lo que establezca la Ley.

Para más información sobre las universidades, institutos profesionales, y centros de formación técnica ingresa a acceso.mineduc.cl