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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

El presidente Gabriel Boric promulgará este martes la nueva Ley Antiterrorista, aprobada por el Congreso el 11 de diciembre, en respuesta a los ataques a la infraestructura crítica ocurridos en Valparaíso y Arauco. La legislación actualiza la normativa anterior, centrándose en su inaplicabilidad y permitirá perseguir y sancionar a integrantes de una "Asociación Terrorista" sin necesidad de cometer delitos específicos. Las penas van desde 5 años y un día hasta 15 años, dependiendo del grado de implicación, y se incluyen medidas para combatir el terrorismo individual. La nueva ley también establece definiciones más claras de delitos terroristas, agrega nuevos delitos objetivos presumiblemente terroristas, y otorga facultades especiales de investigación. Además, se crea el Ministerio de Seguridad Pública para gestionar estrategias de prevención y combate contra conductas terroristas, con la posibilidad de trasladar casos a un tribunal de Santiago en situaciones de alarma pública o alta complejidad.

Este martes, el presidente Gabriel Boric promulgó la nueva Ley Antiterrorista, luego de ser despachada por el Congreso el pasado 11 de diciembre.

El proyecto había ingresado en agosto de 2023, teniendo como antecedentes los ataques a la infraestructura crítica. En específico, alrededor de esa época, se registraron dos atentados contra torres de alta tensión en Valparaíso y Arauco.

En ese sentido, la iniciativa actualizará la legislación previa, enfocándose en uno de sus principales problemas: su inaplicabilidad. Ahora, la normativa no requiere demostrar ánimo terrorista como único elemento de prueba, sino que contempla diversas aristas.

Qué consideraciones trae la nueva Ley Antiterrorista

Una de las novedades de la nueva ley es que permitirá la persecución y sanción de integrantes de una “Asociación Terrorista” (AT), solo por el hecho de pertenecer a ella y sin importar si cometen los delitos para los que se organizaron. Las penas van desde 5 años y un día hasta 15 años, dependiendo del nivel de involucramiento, y podrán sumar otras penas en caso de cometer otros delitos.

Al respecto, el tiempo de presidio queda de la siguiente forma.

Jefes, fundadores y financistas: presidio mayor grado medio (10 años y 1 día a 15 años).
Encargados de reclutar o dar entrenamiento militar o de combate: presidio mayor en sus grados mínimos a medio (5 años y 1 día a 15 años).
Los demás integrantes: presidio mayor en su grado mínimo (5 años y 1 día a 10 años).

Además, en cuanto a la AT, también sanciona a quien provea o recolecte fondos para una AT y no forme parte de ella; así como a quienes financien la comisión de delitos terroristas individuales.

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Sobre esa misma línea, sanciona los casos de terrorismo individual como amenazas; robo con violencia o intimidación; extorsión; receptación; porte, fabricación o adulteración de armas o artefactos explosivos; lavado de activos; producción o tráfico de estupefacientes; y delitos informáticos.

Nuevas mejoras y facultades

Junto a lo antes señalado, la iniciativa establece definiciones más claras sobre los delitos terroristas para evitar que exista una dificultad de prueba. A la vez, contempla dos delitos individuales objetivos, cuya gravedad hace presumir una conducta terrorista, para los cuales no se exige un ánimo o aptitud adicional:

-Poner o enviar artefactos explosivos o incendiarios capaces de afectar a una cantidad elevada de personas.
-Atentar contra determinadas autoridades del Estado, con resultado de muerte o lesiones graves gravísimas.

Se agrega también una nueva e inédita especie de delito que permite sancionar a quienes cometen delitos “comunes” (extorsión, tráfico de drogas o armas, etc.) con la intención de favorecer el funcionamiento de las asociaciones terroristas.

Otras mejoras de la nueva Ley Antiterrorista incluyen la integración de técnicas especiales de investigación a delitos de este tipo, como la interceptación de comunicaciones; registro de equipos informáticos; captación subrepticia de imágenes o sonidos; agentes encubiertos, reveladores e informantes; entregas vigiladas; y el nuevo IMSI Catcher.

Se añaden medidas de protección a jueces, fiscales y testigos; y reglas de cooperación que facilitarán el trabajo de investigación del Ministerio Público.

El recién promulgado Ministerio de Seguridad Pública podrá querellarse por estos delitos y tendrá la obligación de proponer al Presidente de la República una Estrategia Nacional de Prevención y Combate contra las Conductas Terroristas, que incluya una propuesta de reparación a víctimas.

Finalmente, con la entrada en vigencia de la ley, los fiscales de una causa podrán solicitar a la Corte Suprema que esta sea trasladada a un tribunal de Santiago en casos de alarma pública o de alta complejidad.