Las últimas encuestas sobre la imagen y confianza en las fundaciones post “Caso Convenios”, muestran que se han visto exponencialmente deterioradas.

En efecto, el Estudio de Políticas Públicas de la UNAB sobre la percepción de los chilenos respecto a las organizaciones de la sociedad civil da cuenta que el 76,83% de los encuestados reconoció que los hechos de corrupción motivaron un cambio en la percepción de la confianza respecto a la labor que desarrollan las OSFL.

Por otra parte, según la última encuesta del CEP, el 59% de los encuestados creen que el nivel de corrupción en Chile es mucho o algo mayor que hace 5 años atrás.

¿Es justo que el tercer sector, conformado por más de 350.000 organizaciones, vea tan dañada su imagen por unos pocos?

No, y por lo mismo deben ejercerse acciones judiciales civiles y penales. A modo de ejemplo, es posible señalar que, respecto de los funcionarios públicos, podría configurarse fraude al Fisco si se logra acreditar que actuando en razón de su cargo, defraudó o consintió en que se defraude al Estado, originándole perjuicio.

Respecto de los particulares, acreditado el fraude, podría discutirse si se está en presencia del mismo tipo penal (si se considera que éste se comunica a quienes no son funcionarios públicos), si se trata de una estafa o del delito de fraude de subvenciones si es que se acredita que se obtuvieron fraudulentamente prestaciones del Estado que resultaban improcedentes.

Eventualmente, podría configurarse lavado de activos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 27 de la Ley N°19.913. Por otra parte, si el dinero se usó para financiar campañas o partidos políticos podrían ser aplicables tipos penales como el otorgamiento y obtención indebidos de aportes electorales.

Ahora bien, la mayoría de las figuras penales a las que se ha hecho mención tienen bastantes complejidades, tanto desde la perspectiva investigativa, así como en el juzgamiento y aplicación de sanciones.

A mayor abundamiento, casos de esta naturaleza requieren manejar grandes volúmenes de información; por otra parte, no siempre es posible contar con todas las herramientas investigativas que reconoce el sistema procesal penal.

Creemos que, en paralelo con lo anterior, con el fin de recuperar la confianza se debe aumentar los niveles de transparencia y publicidad. Es así, como organizaciones como WWF, Desafío Levantemos Chile, Greenpeace, Unicef, Techo, entre otras, son las que mejor reputación presentan.

Finalmente, lo acaecido en el “Caso Convenios” no es la regla general respecto al actuar de las fundaciones.

El tercer sector de la sociedad civil organizada es el que siempre presta una mano para aquellas causas que el Estado no puede abordar, promoviendo los cambios normativos, sociales y ambientales, necesarios para ser un mejor país.

Angélica Torres Figueroa
Académica de Derecho UDP

Monserrat Moya Arrué
Abogada y socia Estudio 150

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