Actualmente, el país atraviesa una verdadera “crisis” en materia de seguridad que se ve reflejada en un aumento en la comisión de delitos y con una alta connotación social. De hecho, las cifras así lo indican y la mayoría de la ciudadanía señala que la delincuencia debiera ser la principal preocupación del Gobierno.

A nivel internacional, la medición IPSOS, revela que Chile es el país con mayor temor al crimen, de hecho, un 64% cree que es principal problema del país. A ello se suma los resultados de la Fundación Paz Ciudadana en su informe 2022 que señala que aumentó el nivel de temor entre la población, situándose en 7,6 puntos porcentuales, alcanzando un 28% a nivel nacional, la cifra más alta en los 22 años en que se aplica este instrumento.

De la diversidad delictual, una de las modalidades de comisión de delitos que ha cobrado relevancia e impacto público es el hurto o robo de vehículos motorizados, públicamente denominada en los medios de prensa y de comunicación social como “portonazo”. Esta realidad delictiva implica riesgo en la propiedad, integridad física y psíquica en incluso en la vida de las víctimas.

Asimismo, se debe considerar los lugares y circunstancias donde son cometidos estos delitos, en el ingreso-salida de las residencias particulares de las víctimas, lugares de trabajo o en vías de tránsito vehicular, afectando la esfera íntima y personal de las víctimas y exponiendo al riesgo y peligro al grupo familiar, eventuales acompañantes y su entorno.

Así, la comisión de este delito, en la mayoría de los casos, conlleva actos de violencia, coacción, lesiones, amenazas, uso de armas blancas y de fuego.
Ante ello existe la necesidad de ajustar y especificar la actual normativa, teniendo en cuenta no solo la connotación que este tipo de delitos implica, sino que, además, las condiciones físicas y psicológicas en las que pudieran quedar las víctimas de estas denominadas “encerronas” o “portonazos”.

Hoy la norma solo incluye a los infantes o las personas que no pudieran abandonar el vehículo por sus propios medios, dejando fuera a otras personas como menores de edad, adultos mayores, personas con discapacidad, quienes también requieren protección.

Por ello, un grupo de senadores hemos presentado un proyecto de ley que modifica el delito de robo o hurto de vehículos motorizados establecido en el artículo 455 Bis del Código Penal, buscando reemplazar la expresión “un infante”, por “un menor de edad, un adulto mayor, una persona con discapacidad, una embarazada o una persona que no pueda abandonar el vehículo por sus propios medios.

La iniciativa busca que el autor del robo o hurto que inicia la conducción en dichas condiciones, se aplicará la pena de presidio mayor en sus grados medio a máximo. Es necesario aumentar las penas en estos delitos para que los jueces tengan instrumentos para aplicar la fuerza de la ley.

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