En la noche del jueves 27 de octubre pasado vimos en la pantalla del televisor el reportaje “Contraloría ya se pronunció: Preocupación en vecinos de Las Condes por posible expropiación de casas”, ver link, elaborado por los periodistas de CHV Noticias y donde se entrevistaron a diversos dueños de viviendas construidas en la faja afecta a declaratoria de utilidad pública del Parque Canal El Bollo, quienes expresaban sus molestias porque una parte de sus terrenos está afecta a esa declaratoria y, según ellos, el día de mañana podrían ser expropiados con el agravante de que, por esta circunstancia, no podrán vender sus inmuebles.

Participaron en ese programa el abogado de los vecinos, ex alto funcionario de la Contraloría General de la República, quien interpuso un recurso de protección en contra del dictamen del ente fiscalizador, la SEREMI de Vivienda y Urbanismo y en representación de la alcaldesa Peñaloza, el administrador municipal de Las Condes. Cada uno de ellos entregó sus argumentos para referirse al dictamen vinculante, para la administración, de la Contraloría. La acción judicial está radicada en la Corte de Apelaciones de Santiago.

Pues bien, como dicho medio de prensa televisivo no aludió al origen del dictamen de la Contraloría, tenemos el deber de afirmar que lo anterior es consecuencia directa de una denuncia ciudadana en contra de un proyecto inmobiliario de 25 edificios en la calle Vital Apoquindo de esa comuna, proyecto de inversión previsto en una parte del Parque Canal El Bollo, área verde fijada como tal en el Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS) de 1994 y en el Plan Regulador Comunal (PRC) de Las Condes de 1995. Este parque de uso público está regulado en el artículo 5.2.3.4 Avenidas Parques del PRMS, en donde se señala que es adyacente a la faja de protección del correspondiente cauce de agua, el canal El Bollo.

En efecto, en el dictamen N° E58945/2020 de fecha 11 de diciembre de 2020, la Contraloría resolvió que el permiso de edificación N° 37 cursado el 29 de marzo de 2018 por la directora de Obras Municipales (DOM) de Las Condes para el singularizado proyecto de 25 edificios era ilegal por una serie de razones, siendo una de ellas que una parte del terreno es un área de riesgo por inundación, teniéndose presente, lo que esa municipalidad desconocía, que los planes reguladores comunales no pueden desafectar, disminuir o precisar la extensión de esas áreas, por apartarse de lo fijado en el artículo 2.1.17 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC).

Otra diablura cometida es la invención de que la calle Vital Apoquindo era una vía de tipo colectora, a pesar de que todos los intervinientes en la tramitación del permiso sabían que era una vía de tipo local. Esta pícara modificación la hizo un conocido arquitecto de apellido Ugarte, actuando en su condición de asesor externo de la Municipalidad de Las Condes, hermanito del también arquitecto proyectista del mencionado permiso ilegal N° 37. Como vemos, estas solidarias ayudas quedan en familia.

En esta columna no repetiremos la infinidad de otras tantas ilegalidades que tiene el proyecto de los 25 edificios, pues algunas situaciones impropias se observan en link, y para los lectores que tengan interés en conocer en profundidad el asunto, les recomendamos la lectura del dictamen N° E58945/2020 en este link.

En días pasados, en razón de que los diez concejales (as) tienen la misión de fiscalizar a las unidades municipales, se nos ocurrió proponerles a todos ellos que exigieran que tal proyecto inmobiliario respetara el marco legal, lo que quedó reflejado en notas enviadas a Sergio Melnick, Julio Dittborn, Patricio Bopp, Catalina San Martín, Luis Hadad, Catalina Ugarte, Javiera Kretschmer, Marie Claude Mayo, Leonardo Prat e Isidora Alcalde, todos de partidos políticos de derecha y la última del Frente Amplio. El concejal Bopp y las concejalas San Martín y Alcalde respondieron que estaban decididos a cumplir con sus cometidos, pero a esta fecha, ninguno de ellos (ellas) ha actuado en consecuencia para que el proyecto cuestionado, con un nuevo permiso respetuoso de la ley, se pueda ejecutar. Ellos tendrán sus propias razones para tolerar esta adulteración en las reglas del mercado.

En todo caso, tenemos que decirles con certeza absoluta a los propietarios de las viviendas que aparecieron muy enojados en el reportaje de televisión que nunca serán expropiados para fines de utilidad pública, pues se trata de hechos consumados derivados de la ignorancia municipal que, años atrás, desconocía las consecuencias de la existencia del Parque Canal El Bollo, de tal forma que todos ellos pueden estar tranquilos en sus inmuebles disfrutando de ese hermoso sector alto de Las Condes. Esperamos en todo caso que la naturaleza nunca descargue su ira y produzca el desbordamiento del canal.

Lo que sí deberían hacer esos preocupados vecinos es exigir a su alcaldesa Peñaloza que, amparándose en el artículo 28 nonies de la LGUC, formule y presente a la SEREMI Minvu una propuesta de modificación del PRMS para resolver la situación ilegal que el mismo municipio generó, en lugar de gastar dinero en honorarios de abogados y tiempo en largos juicios.

El funcionario municipal que participó en el reportaje televisivo desconoce el marco legal y reglamentario en materia urbanística y las atribuciones que la Constitución le asigna a la Contraloría, por lo tanto, no es raro que haya culpado al ente fiscalizador del error cometido por Las Condes, buscando así eludir responsabilidades. Esa es, por lo demás, la típica actitud que diversos actores públicos y privados han tenido frente al correcto desempeño de la Contraloría.

Finalmente, dado que el permiso ilegal del año 2018 ya caducó por imperio del artículo 1.4.17 de la OGUC, sin que la función municipal que lo cursó la haya declarado, probablemente el negocio de los 25 edificios a emplazarse parcialmente en el referido Parque El Bollo se ejecutará con todos los fraudes a cuesta, configurándose así un nuevo hecho consumado por decisión deliberada de las autoridades “competentes” de la Municipalidad de Las Condes.

Conclusión: Si no se hubiera hecho la denuncia ciudadana en Contraloría en contra del permiso N° 37 por los 25 edificios declarados ilegales, no habríamos visto en Chilevisión su reportaje y los dueños de sus viviendas que allí se manifestaron no estarían afectados por las declaratorias de utilidad pública. Ello por cuanto, sin la emisión del mencionado dictamen, nadie sabría que hace años, la municipalidad de Las Condes cometió el voluntario o involuntario error de desconocer el verdadero perfil del área verde Parque El Bollo.

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