El militar que en octubre disparó a un transeúnte en la Remodelación Paicaví deberá regresar a prisión preventiva, luego que la Corte de Apelaciones de Concepción revocara el arresto domiciliario decretado el 27 de diciembre pasado por el Juzgado de Garantía.

El sargento Héctor Herrera Villa fue detenido tras protagonizar el incidente del 22 de octubre, cuando Concepción estaba bajo toque de queda, y en el cual el civil Gastón Santibáñez recibió un disparo en su pierna.

En esa oportunidad el uniformado fue formalizado por el delito de apremios ilegítimos, pero el Juzgado de Garantía sólo otorgó como medida cautelar el arresto domiciliario, resolución revocada el 4 de noviembre por la Corte de Apelaciones penquista, desde cuando el miembro del Ejército se encontraba privado de libertad en el Regimiento Chacabuco.

Sin embargo, el 27 de diciembre la defensa de Herrera pidió revisar la cautelar, dictando en su reemplazo el juez de Garantía, Carlos Aguayo, el arresto domiciliario total, medida revocada nuevamente por el tribunal de alzada tras la apelación de la Fiscalía y del Instituto de Derechos Humanos, cuya directora regional, Carolina Chang, se refirió a los argumentos acogidos por la Corte para decretar nuevamente la prisión preventiva.

El Juzgado de Garantía había señalado en diciembre que el delito de apremios ilegítimos no se configuraba a la luz de las declaraciones de la víctima del disparo, quien admitió que el sargento Herrera -a cargo de hacer regir el toque de queda- actuó con su arma luego de no obedecer las órdenes del uniformado de recostarse en el suelo.

Ese antecedente, sin embargo, debe ser desechado, subrayó la directora del INDH, pues no se puede considerar como una actuación en legítima defensa por parte del militar.

Tras la notificación del fallo, Héctor Herrera debería haber regresado al Regimiento Chacabuco, para seguir en prisión preventiva ahí hasta el término de la causa a cargo del Ministerio Público y que el INDH pidió investigar como violación de derechos humanos.