Nueve medidas ordenó la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) al municipio de Cunco por falencia en el vertedero. La situación quedó en evidencia tras una fiscalización que se concretó ante las denuncias de los vecinos, quienes alertaron sobre malos olores, la proliferación de vectores, afloramiento y escurrimiento de líquidos.

La Superintendencia del Medio Ambiente ofició a la Municipalidad de Cunco -en La Araucanía– a tomar acciones con el vertedero de la comuna tras fiscalizaciones surgidas por cerca de una veintena de denuncias de vecinos.

La falta de cobertura diaria de los residuos, la generación de malos olores, la proliferación de vectores, afloramiento y escurrimiento de líquidos con la consecuente infiltración a las aguas subterráneas y contaminación de aguas superficiales, son parte de las 18 denuncias que recibió el organismo fiscalizador.

Además, los vecinos, que sostienen que este vertedero debió dejar de operar el año 2016, comentan que existe una proximidad de 300 metros con casas del sector y 1 kilómetro del hospital.

Sobre la base de estos antecedentes y lo que arrojó la fiscalización, la Superintendencia del Medio Ambiente ofició a la Municipalidad de Cunco a cumplir con una serie de nueve medidas, las que destacan la limpieza de residuos, sellar y compactar zonas para evitar la proliferación de malos olores y contaminación de aguas subterráneas y superficiales.

El incumplimiento de estas medidas puede significar una sanción por parte del organismo medioambiental.

Medidas ordenadas al municipio

1) Retirar todos los residuos dispuestos superficialmente en áreas aledañas al frente de trabajo del vertedero Cunco; en especial, se deberá efectuar el retiro de los residuos en sector Sur y Este del recinto y en los canales de aguas lluvias cercanos al vertedero.

2) Realizar la limpieza de residuos en taludes, realizar reparaciones, recubrir con tierra y reperfilar taludes, en donde corresponda.

3) Habilitar y operar un frente de trabajo reducido, que deberá ser acondicionado a celdas diarias con las características y metodología de trabajo según su permiso ambiental, de manera que pueda efectivamente ser manejado evitando periodos extensos de basura descubierta.

4) Proceder a la cobertura definitiva, compactación y sellado final de las zonas no asociadas al frente de trabajo señalado en el numeral anterior, con una cubierta no menor de una capa de 30 cm de tierra, ello con la finalidad de evitar las emanaciones de malos olores, dispersión de basuras, proliferación de vectores de interés sanitario y la infiltración de aguas lluvias que genere un aumento de lixiviados.

5) Ejecutar la contención inmediata y definitiva de todo escurrimiento de lixiviados hacia el exterior del recinto del vertedero, debiendo contener, extraer y disponer estos lixiviados en un lugar debidamente autorizado conforme las características del líquido.

6) Efectuar el retiro de basuras y habilitación de canales de evacuación de aguas lluvias, asegurando su continuidad en todo el perímetro del vertedero. Se deberán implementar obras que impidan que el escurrimiento de aguas lluvias tomen contacto con los residuos.

7) Habilitar los dos pozos de control y seguimiento ambiental establecidos en su permiso ambiental, para ejecutar el monitoreo de dichos pozos conforme los procedimientos establecidos por la SMA, a través de una Entidad Técnica de Fiscalización Ambiental (ETFA).

8) Realizar el monitoreo de aguas subterráneas y superficiales conforme el plan de seguimiento establecido en la respectiva RCA N°44/2012, los cuales se iniciarán una vez habilitados los respectivos pozos de monitoreo de aguas subterráneas.

9)Presentar documento actualizado de “Plan de prevención de contingencias y plan de emergencia ambiental para el vertedero Cunco”, de acuerdo a lo señalado en la Resolución Exenta SMA N°1.610, del 20 de diciembre del 2018.