El Servicio Electoral publicó las normas para las elecciones de noviembre. El horario de votación será entre las 08:00 y las 18:00 horas del domingo 21 de noviembre; los vocales de mesa podrán excusarse entre el 2 y el 4 de noviembre; y cada partido político o candidato independiente podrá designar, mediante un poder simple, a apoderados de mesa.

Este viernes, el consejo directivo del Servel publicó las normas e instrucciones necesarias para el desarrollo de las elecciones presidenciales, parlamentarias y de consejeros regionales del 21 de noviembre.

A partir de las 08:00 horas de aquel día, las mesas podrán comenzar a funcionar con al menos tres vocales designados por la Junta Electoral.

A partir de las 09:00 horas, el delegado de la Junta Electoral deberá seleccionar a los vocales que falten hasta completar el mínimo de tres necesarios para poder funcionar, prefiriendo a personas que se ofrezcan de manera voluntaria.

En ese caso, no podrán designar como vocales a personas que no sufraguen en el correspondiente local de votación, así como tampoco a personas extranjeras, analfabetas y no videntes. Asimismo, quienes tengan alguna discapacidad o tengan 60 años o más podrán excusarse de esta labor.

A las 18:00 horas del día de la elección, el presidente de la mesa declarará cerrada la votación, a menos que todavía queden personas esperando en la fila para poder sufragar.

Vocales de mesa

La Junta Electoral designará a cinco vocales por cada mesa de sufragio que funcione en Chile. En el extranjero, tres personas deberán desempeñar estas funciones.

Cabe recordar que desde el próximo 30 de octubre se conocerán los nombres de los vocales de mesa y los locales de votación se cada persona. Estos datos se podrán conocer ingresando el rut en su sitio web.

Cualquier vocal podrá excusarse de desempeñar el cargo desde el 2 y hasta el 4 de noviembre, presentando las excusas de manera escrita.

Las normas e instrucciones dictadas en acuerdo por el consejo directivo de Servel establecen como causales de excusa para ser vocal de mesa:

– Personas de 60 años de edad o más.
– Las mujeres embarazadas durante todo el período de gestación.
– El padre o la madre de un hijo o hija de menor de dos años al día 21 de noviembre de 2021.
– Quienes se desempeñen como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales, con dependencia o discapacidades.
– Las que se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (Eleam).

Apoderados de mesa

Los partidos políticos que participen en la elección, así como los candidatos independientes, podrán designar apoderados para las actuaciones de las juntas electorales, de las oficinas electorales de los locales de votación, de los locales de votación, de las mesas receptoras de sufragios y de los colegios escrutadores.

Cabe recordar que los apoderados de mesa pueden ser designados mediante un poder simple.

Instrucciones al momento de votar

Los electores deberán firmar en el respectivo padrón de mesa y marcar su preferencia en la cédula electoral haciendo uso de su propio lápiz pasta de color azul.

Quienes concurran a votar deberán asistir sin la compañía de otra persona, salvo el caso de aquellos que requieran ser asistidos al momento de ejercer su sufragio, así como personas que deban ir acompañados por un niño, niña o adolescente por causa de fuerza mayor.

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Conforme a lo dispuesto en el Protocolo Sanitario de las Elecciones Generales Noviembre 2021, todos los electores, apoderados, medios de comunicación y quienes no cumplan roles o funciones electorales, sea que se encuentren dentro o fuera de un local de votación y colegios escrutadores, deberán llevar alcohol gel y sus propias mascarillas, las que deberán usar en forma permanente.

Revisa la publicación completa en el Diario Oficial: