Un artículo realizado por los académicos de la Universidad Diego Portales, Mauricio Duce y Ricardo Lillo, estudió el uso discriminatorio del control preventivo de identidad y su eficacia, según datos entregados por Carabineros.

Si bien el artículo fue publicado el 31 de diciembre de 2020, los resultados siguen siendo pertinentes debido al contexto actual; la muerte del malabarista, Francisco Martínez, tras ser baleado por un carabinero en un control de identidad.

Cabe recordar que este lunes, se formalizó al uniformado involucrado por homicidio simple, recibiendo así la medida cautelar de arresto domiciliario.

La medida del control preventivo de identidad desde sus orígenes fue cuestionada, tanto en la opinión pública como en el mundo legislativo y académico.

Esto debido a que los funcionarios policiales, sin orden previa de los fiscales, pueden solicitar “la identificación de cualquier persona en los casos fundados, en que, según las circunstancias, estimaren que exista algún indicio de que ella hubiere cometido o intentado cometer un crimen, simple delito o falta” (art.85 del Código Procesal Penal).

Sobre este punto, los académicos señalaron que “el control del artículo 85 del CPP otorga facultades mucho más amplias a las policías que el preventivo al permitir los registros de vestimentas, equipajes y vehículos del controlado y también permite hacerlo a personas que tienen apariencia de ser menores de edad (…) parece que en la práctica la completa falta de necesidad de justificar el uso de los controles preventivos en un indicio, tal como lo exige el artículo 85 del CPP, ha hecho que Carabineros prefiera esta herramienta”.

Duce y Lillo manifiestan que “la evidencia sugiere que se trataría de una medida poco eficaz para satisfacer los objetivos básicos que le han servido de justificación y, recurriendo a un indicador de discriminación estadística, que su uso sería discriminatorio en contra de extranjeros, mujeres y habitantes de comunas más pobres“.

El estudio

La información del estudio comprende los datos de abril de 2017 a marzo de 2018, los cuales fueron entregados en 2019 por el Departamento de Análisis Criminal de Carabineros de Chile a los investigadores universitarios, luego de un “largo litigio” que éstos lideraron, ya que las cifras no eran de carácter público.

En la base de datos entregada por Carabineros, “no se registra la comuna de domicilio de los controlados ni tampoco datos sobre raza, etnia, color o características físicas centrales de ellos”, por lo que no fue posible caracterizar en su totalidad a los sujetos controlados.

Sin embargo, sí entrega dos datos “adicionales”, la nacionalidad y la comuna a la cual pertenecía la unidad policial que llevo a cabo el control, aunque “un 11,2% de los mismos son realizados por unidades que no tienen adscripción territorial”.

Como se mencionó previamente, Duce y Lillo sostienen que se evidencia una “paulatina disminución del uso de los controles del artículo 85 del CPP en desmedro del control de identidad preventivo, el que ha tenido un aumento sostenido desde su creación“.

De esta forma, como detalla La Tercera, en 2017 hubo casi 2,8 millones y al año siguiente 4,4 millones. En 2019 la cifra se elevó a más de cinco millones y el año pasado, en cifras que aún no se cierran, la cantidad de controles preventivos de identidad llegó a más de siete millones.

El objetivo principal del estudio fue contestar la pregunta ¿Se usan discriminatoriamente los controles de identidad? Esto es, “hacerse efectiva de manera desigual sobre las personas, basándose más en prejuicios que en consideraciones policiales de carácter técnico”.

“La evidencia comparada es bastante robusta en demostrar que facultades análogas o similares a las de nuestro país tienden a focalizarse excesivamente en ciertos sectores o grupos de personas más vulnerables o en minorías (raciales, étnicas, etcétera) y que ello se debería a razones discriminatorias”, argumentan.

El estudio detalla que debido a la “escasez de la información”, a partir de la teoría económica se desarrolló una metodología que permitió testear estadísticamente “si facultades policiales como el control de identidad son aplicadas de manera discriminatoria respecto a un grupo en particular”. Modelo que – según La Tercera – sirve bajo dos supuestos: que la norma es neutra y que la institución de Carabineros funciona bajo un modelo de elección racional.

Discriminación estadística en tres ámbitos: nacionalidad, sexo y condición socioeconómica

En cuanto a la nacionalidad, el estudio concluye que “la tasa de eficacia de los controles realizados a extranjeros es significativamente inferior a la de los nacionales. Esto se traduce en una diferencia de 2,11 puntos porcentuales y de un 119,88% si se toma como base la tasa de los extranjeros. De acuerdo con la metodología seguida, estaríamos en presencia de un claro caso de «discriminación estadística» en contra de los extranjeros“.

Categoría Tasa de eficacia
Nacionales 3,87%
Extranjeros 1,76%
Diferencia puntos porcentuales 2,11 (119,88%)

Con respecto al análisis por sexo, el estudio indica que “al igual que en el caso anterior los resultados muestran la existencia de un fenómeno de discriminación estadística en perjuicio de las mujeres. La diferencia en puntos porcentuales es cercana a 1 (0,98) y la porcentual es de 32,3%. Si bien se aprecia una brecha menor que en el caso de los nacionales y extranjeros, igualmente estamos en presencia de una diferencia significativa que mostraría un problema relevante”.

Categoría Tasa de eficacia
Hombres 4,01%
Mujeres 3,03%
Diferencia puntos porcentuales 0,98 (32,34%)

Finalmente, en cuanto a los ingresos socioeconómicos, concluyen que “los resultados muestran efectivamente una situación de discriminación estadística en contra de las comunas de ingresos más bajos (…) Las principales diferencias en la tasa de eficacia se concentrarían entre el 10% y 20% de las comunas de mayores y menores ingresos, reafirmando la idea que a mayores diferencias de ingreso se daría un comportamiento de mayor discriminación”.

A su vez, el estudio explica que “con los datos disponibles es posible tener una aproximación muy general respecto a quienes son las personas objeto de control y una imagen difusa acerca de cómo se realizan. Se trata de una de las áreas en donde resulta urgente incrementar la calidad de la información disponible, lo que debe partir por mejorar los datos que el propio Carabineros registra”.

Conclusiones

En consecuencia, las cifras publicadas en el estudio determinan el uso discriminatorio del control preventivo de identidad hacia extranjeros, mujeres y personas de menores ingresos. Por otro lado, afirman que “no existe evidencia que sustente la idea que esta medida ha tenido un impacto en generar mayor capacidad de prevenir delitos y detener a personas“.

De esta forma, Duce y Lillo concluyen: “Luego de más de cuatro años de funcionamiento de este, con escasos resultados y con un alto riesgo de ser utilizado de manera discriminatoria, tal vez llegó la hora de buscar estrategias diversas a la mera ampliación de facultades policiales para combatir la delincuencia en el contexto de un Estado democrático de derecho”.