Desde el Servicio Electoral (Servel) aclararon cuáles son las facultades que tendrán para fiscalizar la propaganda en Internet durante la campaña previa al Plebiscito Constituyente que se llevará a cabo en abril del 2020.

Consultados por BioBioChile, desde la entidad reconocieron la existencia de un vacío legal que les impide, por ejemplo, fiscalizar a un privado que desee hacer campaña online por alguna de las opciones que se plantearán en la consulta.

El presidente del Consejo Directivo del Servel, Patricio Santamaría, detalló los alcances de la actual normativa vigente en la materia.

“Para el plebiscito del 26 de abril próximo el legislador no hizo aplicable la Ley 19.884 que establece las facultades del Servicio Electoral para fiscalizar, controlar el gasto y aplicar sanciones”, subrayó.

En ese contexto, indicó que “solamente hizo aplicable la ley de partidos políticos. De tal manera que estamos facultados para controlar los gastos en los que puedan incurrir los partidos políticos en la elaboración de videos y otro tipo de información gráfica y en la promoción (que circule en Internet), en el contrato que puedan hacer respecto de las redes sociales y eso sin duda lo vamos a hacer”.

Respecto a cómo se procedió en la última campaña electoral, Santamaría indicó que las ideas difundidas a través de redes sociales se consideraron como parte de la libertad de expresión.

“Para las elecciones de 2017, como Consejo Directivo del Servicio Electoral establecimos que todo el debate político, difusión de ideas que se diera a través de redes sociales formaba parte de la libertad de expresión que tienen los ciudadanos y ciudadanas”, apuntó.

No obstante lo anterior, la propaganda pagada o publicidad electoral en redes sociales durante la pasada elección, sí fue fiscalizada por el organismo, pero como ahora para el Plebiscito no hay candidaturas eso no se podrá realizar.