Una extranjera que reside en Chile logró, con documentos adulterados, retirar los dineros de una afiliada a Provida que vive en Miami. La Corte, al revisar el caso, dijo que la AFP debió percatarse del engaño, ya que esos documentos tenían varios errores.

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó una sentencia que acogió la demanda de una afiliada a Provida (que vive en Miami, Estados Unidos), la cual “perdió” una suma de sus ahorros previsionales porque la AFP se los entregó a una tercera (una mujer cubana que reside en Chile, según detalló el fallo de primera instancia).

Por ello, Provida tendrá que restituirle a la primera la suma de $4.676.209.

En fallo unánime, la Decimotercera Sala del tribunal de alzada ratificó íntegramente la sentencia -que había sido impugnada- a la vez que ordenó que otros perjuicios que reclamó la afectada “se discutan en la etapa de ejecución”.

La resolución estableció la responsabilidad de la AFP en este caso; y dijo que hubo un incumplimiento de contrato.

“La demandada es una AFP, empresa altamente especializada y de giro único de administración de fondos previsionales”, sostuvo el fallo. Visto así, agregó, “es esperable un grado de diligencia importante” por parte de esta.

¿Cómo llegaron los ahorros de la mujer a manos de otra persona?

En el fallo, se explicó que la AFP recibió (en un trámite realizado por la otra mujer, autora del engaño) “el supuesto mandato verdaderamente protocolizado en una notaría” (con timbres, estampillas, aranceles y legalizaciones correspondientes) para que se retiraran los fondos de la mujer que vive en Miami.

Sin embargo, “nada de lo afirmado por ese notario era real”: había una discordancia entre el monto de la renta imponible al mes de diciembre de 2000, que en los registros de la AFP ascendía a $187.500 con una cotización de $18.750, pero el sueldo base señalado en el supuesto contrato de trabajo que tenía la mujer era de $230.000.

Esa discordancia, a juicio de la Corte, “debió haber llamado a la demandada (la AFP) a indagar acerca de la veracidad del supuesto mandato acompañado”.

Y agregó al respecto: “Llama la atención también que la jornada laboral indicada en el supuesto contrato sea de 45 horas, en circunstancias que en aquel tiempo la jornada duraba 48 horas, situación que vino a cambiar recién el 1º de enero de 2005, fecha a partir de la cual se redujo a 45 horas”.

Se profundizó que la AFP, de haber indagado, “habría descubierto los muchos errores en la falsificación del trámite (…)” por parte de la mujer cubana que cometió el engaño.

“En consecuencia, existe incumplimiento del contrato por parte de la AFP”, concluyó el fallo, ordenando a Provida la restitución de $4.676.209 a la afectada.