Por medio de un extenso fallo, el Tribunal Constitucional (TC) entregó los argumentos sobre el control de legalidad que hizo del proyecto de Educación Superior y el rechazo del artículo 63, que buscaba prohibir la existencia de controladores con fines de lucro en las universidades.

La norma fue declarada inconstitucional por vulnerar la libertad de enseñanza y discriminar arbitrariamente.

En entrevista con Podría Ser Peor, el diputado Giorgio Jackson explicó que “la Ley de Educación Superior establecía en este artículo 63 una serie de normativas para que las universidades dejaran de lucrar, todos sabíamos que en Chile estaba prohibido que las universidades tuvieran fines de lucro pero igual se las arreglaban para triangular recursos y lograr sacar esos recursos que tanto las familias como el estado ponían en la educación superior”.

Jackson se mostró molesto debido a los argumentos de la sentencia. “Lo más grave de toda la sentencia es que los argumentos que son bastante irrisorios y son una falta de respeto a la inteligencia jurídica de las personas que puedan leer este fallo, que no tiene ni pies ni cabeza, es la actitud del presidente del Tribunal Constitucional, Iván Aróstica“, dijo.

A su vez, mencionó que Aróstica “fue tan allá con su activismo ideológico y no jurídico, es absolutamente ideológico, que quería declarar todo el proyecto de la educación superior como inconstitucional y dejó en su informe que estaba en contra de todo el proyecto, de cada uno de los artículos“.

Para el diputado, el artículo 63 tenía de mensaje que “las universidades que están constituidas como sin fines de lucro, no podían ser controladas por empresas o personas con fines de lucro. Ese artículo fue el que el Tribunal Constitucional lo excluyo de la legislación, por lo tanto se abre una grieta a que toda la regulación que se construyó desde el artículo 63 al 80, pueda ser vulnerada en su espíritu por abogados que hacen malabares contables y jurídicos”.

Consultado por la acción del Tribunal Constitucional en dicho punto, el diputado mencionó que “este artículo fue revisado por las seis comisiones técnicas y ninguna de ellas realizó una objeción de que pudiera tratarse de un artículo inconstitucional, era una ley simple y todas las secretarías técnicas la declararon legítima“.

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