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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La Ley SANNA garantiza licencia para padres, madres y cuidadores de menores con graves condiciones de salud, permitiéndoles ausentarse del trabajo con un subsidio que reemplaza parte o total de su sueldo. Además, esta ley cubre casos como cáncer, trasplantes, estado terminal, accidentes graves y hospitalizaciones en UCI o UTI, ofreciendo periodos específicos de licencia según la condición de salud del menor. La Compin es la única autorizada para evaluar las licencias médicas de la Ley SANNA, excluyendo a cajas de compensación e Isapres.

Si tu hijo o hija presenta una condición grave de salud y necesitas ausentarte en tu trabajo para poder cuidarlo, existe una garantía para padres, madres y cuidadores para tomar licencia en casos excepcionales donde la salud de un menor de edad está en riesgo.

Nos referimos a la Ley SANNA, que es “un seguro obligatorio que te permite, como mamá o papá de un niño, niña o joven afectado por una condición grave de salud, ausentarte justificadamente de tu trabajo por un tiempo determinado para cuidarlo. Durante este período recibirás un subsidio o monto de dinero que reemplazará total o parcialmente tu remuneración”, explican desde ChileAtiende.

También pueden acceder a este beneficio, las personas distintas al padre y a la madre, que estén a cargo de su cuidado por resolución judicial.

Este seguro se financia por una cotización del 0,03% de tu remuneración y está a cargo de tu empleador.

Señalar que solo la Compin puede recibir y evaluar tu licencia médica de la Ley SANNA. Cajas de compensación e Isapres no están autorizadas para hacerlo, sin importar tu condición como trabajador.

Ley SANNA: ¿En qué casos cubre el seguro?

-Cáncer, algunos trasplantes y estado terminal de la vida de hijos e hijas mayores de 1 año y menores de 18 años.

-Accidente grave con riesgo de muerte o de secuela funcional grave y permanente de hijos o hijas mayores de 1 año y menores de 15 años.

-Enfermedad grave que requiera hospitalización en UCI o UTI de niñas y niños mayores de 1 año y menores de 5 años.

De acuerdo al seguro, en caso de cáncer esta ley proporciona hasta 180 días, dentro de un periodo de 12 meses desde la primera licencia médica. El permiso puede usarse en 2 periodos distintos.

Por otro lado, para trasplante se otorgan hasta 180 días desde la primera licencia médica; en caso de fase o estado terminal de la vida el permiso se extiende hasta el fallecimiento del hijo o hija; y para un accidente grave se permiten hasta 45 días, mientras que para una enfermedad grave son hasta 15 días.

¿Qué trabajadores pueden acceder?

Según señala ChileAtiende, pueden acceder a este beneficio “los padres, madres y personas que tengan a cargo por resolución judicial el cuidado de niñas, niños y jóvenes mayores de un año y menores de 15 o 18 años (según corresponda), afectados por una condición grave de salud”, y que cumplan los siguientes requisitos:

-Trabajen de forma dependiente en el sector privado (Código del Trabajo).

-Se desempeñen en ministerios, intendencias, gobernaciones, de los órganos y servicios públicos creados para el cumplimiento de la función administrativa, incluida la Contraloría General de la República, Banco Central, gobiernos regionales, municipalidades y de las empresas públicas creadas por ley. También contempla a los funcionarios del Congreso Nacional, Poder Judicial, Ministerio Público, Tribunal Constitucional, Servicio Electoral, Tribunales Electorales y otros tribunales especiales creados por ley. Se excluyen los funcionarios de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública sujetos al régimen previsional de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena) y la Dirección Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca).

-Trabajen de manera independiente y se encuentren afiliados al régimen del seguro de la ley que establece normas contra accidentes del trabajo y enfermedades profesionales (Ley Nº 16.744).

-Estén temporalmente cesantes y que su último contrato anterior al permiso haya sido a plazo fijo, por obra, trabajo o servicio determinado. Además, deben cumplir con los requisitos que establece el artículo 6° de la Ley N° 21.063.