La Corte Suprema concedió la libertad condicional a cuatro presos de Punta Peuco y uno de Colina 1, condenados por violaciones a los Derechos Humanos.

Se trata de Gamaliel Soto Segura (condenado a 10 años y un día por secuestro calificado), Manuel Antonio Pérez Santillán (a 5 años y un día por secuestro), José del Carmen Quintanilla Fernández, Hernán Ernesto Portillo Aranda y Felipe Luis Guillermo González Astorga (estos tres últimos enfrentaban penas de 5 años y un día por secuestro calificado).

En entrevista con Expreso Bío Bío, la presidenta de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara y diputada, Carmen Hertz, explicó que se trata de un “fallo que sin duda preocupa no solo al mundo de Derechos Humanos, es un tema que tiene que ver con la sociedad chilena”.

Para Hertz es un fallo “completamente contrario a los mínimos estándares internacionales sobre esta materia, que tienen que ver con los criminales de lesa humanidad, con los genocidas, con los criminales de guerra y sus beneficios carcelarios“.

Asimismo, aclaró que el fallo tendría fundamentos que no habrían sido “redactados por ministros de la corte” debido al tipo de planteamientos.

Además, dijo que los beneficios carcelarios requieren la “concurrencia de determinados factores, esos factores no es un invento de los abogados de Derechos Humanos, ni de los familiares de las víctimas, esos factores están determinados por la jurisprudencia de los tribunales penales internacionales”.

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