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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

Este miércoles finalizó la primera etapa del juicio oral contra el exalcalde de San Ramón, Miguel Ángel Aguilera, donde su defensa argumentó la prescripción de algunos delitos. La abogada Rocío Berrios señaló que la prescripción aplicaría solo a hechos previos a 2017. Por otro lado, el abogado querellante Luis Mariano Rendón criticó al Ministerio Público por retrasar la formalización, mientras que el fiscal Víctor Núñez mencionó que las acciones legales han interrumpido la prescripción. Aguilera es acusado de enriquecimiento ilícito, cohecho pasivo y lavado de activos entre 2012 y 2017, con un aumento patrimonial de millones sin justificación. La Fiscalía solicita 10 años de cárcel, inhabilitación y multas por millones.

Este miércoles concluyó la primera jornada del juicio oral contra el exalcalde de San Ramón, Miguel Ángel Aguilera (ex PS), instancia en la que su defensa centró su estrategia en la prescripción de algunos hechos que se le imputan.

En este contexto, la abogada Rocío Berrios se refirió a los planteamientos de la defensa. Alegan que ciertos delitos ya prescribieron y que no hubo faltas asociadas al ejercicio del cargo.

“Los argumentos de esta defensa se basan en una norma nueva del Código Procesal Penal, que señala que solo la formalización suspende la prescripción”, comenzó diciendo Berrios una vez finalizada la audiencia.

Asimismo, la defensa agregó: “la formalización en este caso ocurrió en julio del año 2021, y los hechos son de los años 2013 en adelante hasta 2016, y algunos hechos de 2017 serían los únicos que no quedan cubiertos por la prescripción. Pero respecto de esos hechos, tenemos prueba que va a demostrar que tampoco ocurrieron de la manera que lo plantea la Fiscalía”, argumentó.

Abogado querellante apunta al Ministerio Público ante eventual prescripción de delitos

Uno de los abogados querellantes en la causa, Luis Mariano Rendón, señaló que la defensa del exalcalde de San Ramón “ha alegado fundamentalmente la prescripción“.

En ese marco, criticó al Ministerio Público por no formalizar oportunamente y “dejar pasar varios años“.

“Estamos hablando de años sin formalizar, y vamos a dar la discusión argumentando que no corresponde aplicar la prescripción por una serie de normas jurídicas, pero si así fuese, realmente esto sería una burla para la ciudadanía y algo que dejaría en muy mal pie a la Fiscalía“, expresó Rendón.

Por su parte, el fiscal Víctor Núñez, de la Fiscalía Sur, indicó que el argumento de la prescripción ha estado presente desde el inicio del caso. Sin embargo, sostuvo que existen actuaciones procesales que “interrumpen o suspenden la prescripción“.

“Aquí se investigan y se juzgan diversos delitos cometidos sucesivamente, los que, a continuación de los anteriores, van interrumpiendo la prescripción que va corriendo de los delitos previos; que hay interposición de querellas, principalmente por parte del Consejo de Defensa del Estado, que tienen la virtud también de interrumpir la prescripción”, declaró el fiscal Núñez.

El persecutor también agregó: “si el proceso se dirige contra el imputado de manera clara, como ha ocurrido en la especie, eso también tiene el efecto de suspenderla conforme a nuestra legislación vigente”.

Juicio oral contra exalcalde de San Ramón

A las 10:30 horas comenzó el juicio oral contra Aguilera, luego de múltiples postergaciones.

La Fiscalía Sur lo acusa de enriquecimiento ilícito, cohecho pasivo y lavado de activos, presuntamente cometidos entre 2012 y 2017, durante su periodo como alcalde.

Según el Ministerio Público, en esos años Aguilera habría incrementado su patrimonio en más de $268 millones sin justificación aparente, conforme al análisis de sus cuentas bancarias. Por ello, la Fiscalía solicitará una condena de 10 años de cárcel, 17 años de inhabilitación para ejercer cargos públicos y el pago de tres multas que suman aproximadamente $329 millones.

El fiscal Víctor Núñez indicó que los delitos se basan en múltiples movimientos de dinero sin respaldo legal. Durante la audiencia, explicó que el imputado operaba de forma fraccionada, sin cheques ni transferencias electrónicas, y utilizando únicamente efectivo, “al más puro estilo de la criminalidad corrupta“.

Entre los antecedentes de la causa, sobresale la adquisición de una vivienda de lujo avaluada en 13.000 UF —cerca de $500 millones—, cuyo pie fue superior a las 4.000 UF, es decir, unos $118 millones de la época. Según el Ministerio Público, ese monto fue pagado en efectivo por Aguilera.

La Fiscalía considera que esa propiedad podría ser un efecto directo de los delitos investigados y que incluso estaría relacionada con presuntos vínculos con el narcotráfico. Los fiscales insisten en que no existe una justificación clara para la cantidad de dinero en efectivo ni para la compra de bienes de alto valor, considerando el salario que Aguilera percibía como autoridad comunal.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)