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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

El cuñado de un gerente de CMPC vendió 100.000 acciones de la empresa en un periodo prohibido por ley. José Antonio Labbé Valverde vendió los papeles por $131.870.215 justo antes de la divulgación de los estados financieros de la compañía, incumpliendo la normativa.

El cuñado de un gerente del holding CMPC vendió 100 mil acciones de la empresa en un periodo en que, por relación familiar, tenía prohibición de hacerlo conforme a lo que indica la Ley.

En detalle, el 12 de abril de 2023 y dentro de los 30 días previos a la divulgación de los estados financieros del emisor, José Antonio Labbé Valverde vendió 100.000 acciones de la compañía por un monto total de $131.870.215 a través de Asesorías e Inversiones Bogarisa Limitada, firma de la cual es socio y representante legal.

De dicha sociedad es también socia su señora, María Angélica Turner Olea, quien es hermana de Guillermo Turner Olea, gerente de Asuntos Corporativos de la CMPC.

La manufacturera informó la fecha de divulgación de sus estados financieros finalizados al 31 de marzo de 2023, para el 4 de mayo de ese mismo año. Dichos estados financieros fueron aprobados en sesión del directorio recién el 4 de mayo de 2023.

Admitió su responsabilidad

Por lo descrito, el Consejo de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) aplicó una sanción de censura en contra de Labbé Valverde, “por infringir el inciso quinto del artículo 16 de la Ley de Mercado de Valores”.

“(Él) estaba sujeto a una prohibición dada su calidad de cuñado (pariente en segundo grado de afinidad) de un gerente de Empresas CMPC S.A.”, remarcó el regulador.

En este contexto, la CMF profundizó que José Antonio Labbé infringió el artículo 16 de la normativa, que prohíbe a los directores, gerentes, administradores y ejecutivos principales de un emisor de valores de oferta pública -así como sus cónyuges, convivientes y parientes hasta el segundo grado de consanguineidad o afinidad- efectuar, directa o indirectamente transacciones sobre los valores emitidos, dentro de los 30 días previos a la divulgación de sus estados financieros.

Según la Resolución N° 533 emitida por la CMF, Labbé Valverde “admitió por escrito su responsabilidad en los hechos”.

Y pese a que realizó indirectamente las transacciones durante el periodo de bloqueo, causando un riesgo al correcto funcionamiento del Mercado de Valores, la CMF determinó la sanción de censura (reprimenda por escrito que, a futuro, se puede considerar como antecedente en caso de una nueva falta) debido a que el investigado “admitió su participación y responsabilidad en las infracciones investigadas”. Además, no registraba sanciones previas en los últimos cinco años.