El 7° Juzgado de Garantía de Santiago realizó una audiencia para discutir el cierre de la investigación y sobreseimiento en el caso de la ciudadana de nacionalidad Haitiana, Joane Florvil, quien falleció en el Hospital Clínico de la Universidad Católica, semanas después de sufrir autolesiones estando detenida en una comisaría en 2017.

El 30 de agosto de 2017, a Joane Florvil la acusaron de abandonar a su hija y la detuvieron en la 48° Comisaría de Carabineros. Estando en el calabozo, se provocó autolesiones que requirieron su traslado de urgencia a la Postal Central el 31 de agosto de 2017.

Días después, el 29 de septiembre fue trasladada de urgencia al Hospital Clínico UC, falleciendo a la mañana siguiente producto de una falla hepática fulminante. Tras su muerte, el INDH interpuso una querella por apremios ilegítimos ante el 7° Juzgado de Garantía de Santiago.

La Fiscalía Metropolitana Centro Norte, realizó la investigación de estos hechos y decidió cerrar la investigación, solicitando el sobreseimiento de la causa, por estimar que no había antecedentes constitutivos de delito, ni responsables de estos.

Frente a esto, el INDH solicitó la reapertura de la investigación, por estimar que la investigación del Ministerio Público no estaba agotada, siendo ejemplo de ello, que no se había tomado declaración a todos/as los/as funcionarios/as involucrados/as, entre otros.

El pasado viernes 23 de julio de 2021 el 7° Juzgado de Garantía de Santiago accedió a la petición del INDH para realizar todas las diligencias necesarias, para agotar la investigación y determinar los/as responsables que pudieran estar involucrados en el caso de Joane Florvil.

El tribunal acogió la argumentación sostenida por el INDH, que apuntaban a que el Estado de Chile tiene la obligación de prevenir, investigar y sancionar toda violación a los derechos humanos, con investigaciones de oficio, oportunas, competentes, realizadas por órganos independientes, exhaustivas y con respeto a la participación de las víctimas y de sus familiares.

Estas obligaciones son reforzadas al tratarse de una víctima mujer, afrodescendiente y migrante. En este sentido, el Derecho Internacional de los Derechos Humanos se ha referido al concepto de discriminación interseccional, que surge cuando hay más de un factor de discriminación o exclusión sobre una persona y se genera una situación particular de la que no dan cuenta adecuadamente dichos factores considerados individualmente.

Teniendo estos aspectos en consideración, y pese a la oposición del Ministerio Público, el tribunal ordenó reabrir la investigación por un plazo de 150 días, con la finalidad de agotar la investigación penal, y avanzar en el esclarecimiento de los hechos y establecimiento de eventuales responsabilidades penales, a solicitud del INDH.