Mediante un comunicado público, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condenó el “uso excesivo de la fuerza por parte de las fuerzas de seguridad” en medio de las manifestaciones registradas durante los últimos días en país en el país y que han dejado como saldo al menos 18 personas fallecidas, decenas de heridos, periodistas agredidos y más de mil detenidos.

Ante eso, instan al Estado y todas las partes involucradas a “entablar un diálogo efectivo e inclusivo para abordar las demandas legítimas de la población, en el marco democrático del Estado de Derecho”.

De igual forma, indican que los últimos anuncios del gobierno, respecto a las alzas de los servicios públicos y privados, derivaron en incidentes, que incluyeron destrozos de inmobiliario público, varias detenciones y enfrentamientos entre agentes de Carabineros y manifestantes.

Estado de Emergencia

En base a la información pública, durante las jornadas de protesta posteriores al decreto de Excepción Constitucional de Emergencia, “centenares de personas habrían resultado heridas, algunas de ellas afectadas por el uso indiscriminado de gas lacrimógeno y desproporcionado de la fuerza por parte de fuerzas de seguridad”. En datos concretos, según el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), al menos 2.128 habrían sido detenidas y 376 personas habrían resultado heridas, de las cuales al menos 173 por arma de fuego.

“El Estado de Chile informó a la Comisión que en todos estos casos el Ministerio Público ha iniciado las investigaciones correspondientes, dictándose incluso prisión preventiva en contra de presuntos responsables”.

Con esos antecedentes, la CIDH expresó su preocupación por hechos de actuación policial y militar en las que se habría hecho uso de la fuerza contra civiles, mayores y menores de edad, y de malos tratos en las detenciones.

“La Comisión condena estos hechos e insta al Estado a seguir adoptando las medidas necesarias para que los hechos de violencia que han resultado en graves afectaciones a la vida e integridad de las personas sean investigados de manera pronta, exhaustiva y diligente, estableciendo las responsabilidades materiales e intelectuales y sancionando a los responsables”.

Enfatizan en que “bajo la Convención Americana los estados de excepción deben ajustarse a causales estrictas como la existencia de un peligro objetivo y de extrema gravedad que ponga en riesgo la preservación de la democracia o la integridad de la nación, pero no debe invocarse para la suspensión genérica de derechos fundamentales como la expresión, o la protesta que busca expresar un malestar social”.

Junto a eso, precisan que los estados de excepción “no constituyen una respuesta sostenible y eficaz para enfrentar y resolver los conflictos sociales o políticos”.

Pese a lo anterior, el Estado habría informado a la CIDH que la declaración del estado de emergencia se justifica por la “grave alteración del orden público producto de la acción coordinada de grupos violentos que nada tienen que ver con quienes se manifiesta pacíficamente”.

Frente a los antecedentes estregados por el Estado, la comisión advierte que el deber de garantizar la seguridad y orden público se debe regir por “principios de legalidad, estricta necesidad y proporcionalidad”.

Uso de armas de fuego

El uso de las armas de fuego deben ser excluidas de los dispositivos utilizados para el control de las protestas sociales ya que se trata de una medida extrema y no deben utilizarse excepto en aquellas oportunidades en que las instituciones policiales no puedan reducir o detener con medios menos letales a quienes amenazan la vida e integridad de otras personas.

Detenidos

A las personas que se manifiestan, recomienda no recurrir a actos de violencia y reafirma que el hecho de que algunos grupos o personas ejerzan violencia en una manifestación no vuelve violenta toda la protesta.

A los detenidos se les debe garantizar sus derechos a la seguridad, integridad, al debido proceso y a no ser sometidas a tratos crueles e inhumanos.

Libertad de prensa

También señalaron su preocupación por ataques contra medios de comunicación y periodistas en el marco del Estado de Emergencia y del toque de queda decretados en varias zonas del país. De igual forma, recalcó la obligación de garantizar la labor informativa.

Actos de violencia

La CIDH condena “enérgicamente todo acto de violencia, y recuerda que la protesta social es legítima en tanto se desarrolla en forma pacífica”. A su vez, refuerza que las fuerzas de seguridad tienen la obligación de permitir el desarrollo de las manifestaciones y protestas y de aislar a los manifestantes que recurren a la violencia.