La Corte de Apelaciones de Santiago falló en contra de Latam Airlines, luego de que no reconociera el término de la huelga de los tripulantes de cabina fechado el 25 de abril de 2018.

Según consignó Emol, la empresa acusó que los trabajadores decidieron ponerle fin de manera “unilateral” y que “no se ajustaba a la legislación vigente”.

De acuerdo al fallo, Latam cometió un error creyendo que la oferta entregada por la empresa se había dado por rechazada tras iniciar la movilización, sosteniendo que “la premisa básica de este razonamiento, al considerar que la última oferta ha dejado de estar vigente, constituye un error”.

Además, según la compañía la movilización llevaría alrededor de 1 año y 3 meses, lo cual no se condice con el hecho de que los trabajadores volvieron a sus labores cuando el sindicato aceptó la oferta.

En tanto, la Dirección del Trabajo se cuadró con la empresa, lo que fue respaldado por el Primer Juzgado del Trabajo.

Por su parte, el sindicato recalcó que tanto la decisión unilateral era derecho de los tripulantes, como aceptar la oferta pese a comenzarla huelga, por lo que presentaron un recurso de nulidad ante el tribunal de alzada.

Mediante el fallo, se acogió el recurso y se determinó que el término de la movilización el 25 de abril del año pasado es legal y se ajusta a la legislación vigente. Agregando que la última oferta formulada por Latam el 23 de marzo de 2018 se mantenía válida al momento de ser suscrita por el sindicato.