Ayer el rostro de TV Karol Lucero -más conocido como “Karol Dance“- se vanaglorió en las redes sociales de que la Dirección del Trabajo había concluido que las acusaciones de no pagar a los trabajadores de “LikeMedia” (su proyecto de Youtube) eran “falsas”. No obstante, corroboramos con el propio organismo que la cosa no era precisamente así.
Según Karol, una “resolución de la inspección del trabajo (…) llegó a la determinación de que esto es falso“, añadiendo que “aquí nadie trabaja gratis, porque esto no es un trabajo”.
Como corresponde, en BioBioChile acudimos directamente a la fuente que él citó, es decir, la Dirección del Trabajo. Desde allí explicaron que nunca dijeron eso, de hecho, enfatizaron que ni siquiera hubo una “resolución” al respecto.
“Esto no es una resolución lo que tiene el señor Lucero, es un oficio ordinario… que solamente comunica que el proceso de investigación concluyó sin pronunciamiento”, dijo a la Directora Regional del Trabajo Metropolitana Oriente, Carolina Campos Valdivia.
“No significa que no se detectaron o que sí se detectaron (irregularidades), sino que no hay pronunciamiento debido a que los procedimientos que se hicieron de fiscalización en las ocasiones que se visitó no se detectaron moradores”, detalló.
En conclusión, no hubo “confirmación o ratificación de la denuncia” en contra de Karol “Dance”. “Lo que no significa que no exista efectivamente una figura infraccional. No tenemos como calificar ni pronunciarnos respecto a que eso era falso porque son juicios de valor sobre hechos que no pasaron por un proceso de investigación”, dijeron enfáticamente.
Pero, ¿qué decía el famoso documento de la DT? Bueno, lo supimos gracias al propio Karol Lucero, quien se comunicó hoy con BioBioChile y nos lo compartió buscando demostrar que él tenía razón. Pero al revisar el texto firmado por Carolina Campos volvimos a confirmar que la autoridad nunca dijo que las acusaciones eran falsas, sólo expresó en un oficio que el procedimiento administrativo finalizó “sin pronunciamiento”:
“En relación con la investigación administrativa iniciada de oficio con fecha 14 de marzo de 2025, por posible vulneración de derechos fundamentales, informo lo siguiente:
El proceso de investigación ha concluido sin pronunciamiento, teniendo en consideración la falta de denunciantes que ratifiquen los hechos de los que se tomó conocimiento a través de redes sociales, razón por la cual se procederá a la finalización del procedimiento administrativo. POR TANTO, se pone término a la investigación, la que concluye sin pronunciamiento, dando con ello por finalizado el procedimiento administrativo”
Descargo de Karol Lucero
De todos modos, le dimos la oportunidad a Karol de emitir sus descargos y esto fue lo que nos dijo:
“Aclaro que mi interpretación, y la de mis asesores legales, del documento enviado por la Dirección del Trabajo, correspondiente al informe de fiscalización y conclusión jurídica posterior a dicha investigación, se fundamenta principalmente en lo conversado con la representante oficial del organismo durante la reunión sostenida con ella. En dicho encuentro se me informó que inspectores del organismo acudieron en reiteradas ocasiones al supuesto lugar de trabajo, constatando en todas ellas la ausencia de moradores. Es decir, nunca se encontró a personas trabajando en el lugar investigado.
Fui citado vía correo electrónico para colaborar con la investigación, ya que no se logró identificar a Like Media como una empresa formal con trabajadores contratados, puesto que se trata de un canal de YouTube sin estructura empresarial registrada como tal. En la reunión sostenida, de una hora de duración, se me informó expresamente que no existe acusación alguna en mi contra. Además, se tuvo a la vista el comunicado emitido por los integrantes del canal Like Media, publicado en la red social Instagram, donde afirman explícitamente no ser empleados míos ni haber sufrido maltrato de ningún tipo, firmando el documento con nombre y apellido.
Las premisas fácticas que permiten sustentar la interpretación que expuse en mi declaración pública vía instagram @Karol_LuceroV son las siguientes:
¿Fui acusado de maltrato laboral en redes sociales? — Sí
¿Los supuestos trabajadores emitieron un comunicado público negando dicha relación y maltrato? — Sí
¿La Dirección del Trabajo realizó una investigación formal? — Sí
¿Comparecí ante dicho organismo y facilité antecedentes? — Sí
¿Existe denunciante formal o identificable? — No
¿Se encontraron personas trabajando en el lugar investigado? — No
¿La Dirección del Trabajo emitió una conclusión jurídica? — Sí
¿Se identificó relación laboral, irregularidades o infracción alguna? — No
¿Se cerró la investigación por falta de antecedentes? — Sí
¿Existió multa, amonestación o sanción? — No
Conclusión: Ante la ausencia total de denunciante, la falta de pruebas, y el cierre del proceso administrativo sin sanción ni hallazgo alguno, mi conclusión legítima y jurídicamente fundada es que la acusación por maltrato laboral difundida en redes sociales fue falsa.
En Chile, el organismo competente en materias laborales es la Dirección del Trabajo. Si este organismo, tras su investigación, concluye sin formular pronunciamiento ni establecer sanciones, por falta de fundamentos, entonces no existen elementos legales que sostengan la existencia de maltrato laboral. Bajo el principio de presunción de inocencia consagrado en nuestro ordenamiento jurídico, considero plenamente legítimo sostener que he sido objeto de una acusación falsa y sin sustento, que ha atentado contra mi honra y reputación.
Por mi parte, seguiré ejerciendo mi derecho a la defensa pública de mi persona, mi trabajo y mi trayectoria, respetando siempre las instituciones y el Estado de derecho. Soy una figura pública y he sido expuesto de manera negativa, defiendo mi honra y expongo mi verdad. La investigación terminó sin pronunciamiento ni sanciones, entonces no hubo maltrato laboral comprobable; para mí la acusación era falsa entonces”.