Tras dos jornadas de cierre obligatorio por Fiestas Patrias, este domingo 20 de septiembre el comercio retoma su funcionamiento en todo Chile. Así, quienes todavía tengan compras pendientes podrán volver a acudir a supermercados y otros establecimientos.
Como seguramente te diste cuenta, el viernes 18 y sábado 19 de septiembre fueron feriados obligatorios e irrenunciables para los trabajadores del comercio, por lo que supermercados, malls, grandes tiendas y otros locales debieron permanecer cerrados.
Sin embargo, esta restricción terminó a las 06:00 horas de este domingo, por lo que las actividades habituales del comercio pueden retomarse desde esa hora.
Es decir, el comercio funciona con régimen de domingo normal que, aunque en algunos lugares puede ser más acotado que en un día de semana, sí deja margen para realizar ciertas compras.
¿Abren los supermercados este domingo 20?
Sí. Las principales cadenas de supermercados pueden abrir sus puertas durante esta jornada. No obstante, que puedan funcionar no significa que todos los locales necesariamente tengan el mismo horario. Cada cadena puede establecer sus horarios de atención y, además, estos pueden variar dependiendo del establecimiento.
Por eso, si necesitas hacer compras este domingo, se recomienda revisar previamente el horario correspondiente al supermercado específico al que quieras acudir.
La Cámara de Comercio de Santiago (CCS) confirmó que el comercio general retoma su funcionamiento tras el término de los feriados irrenunciables del 18 y 19 de septiembre.
¿Qué otros comercios pueden abrir?
Además de los supermercados, este domingo pueden retomar sus actividades habituales los centros comerciales, grandes tiendas y otros establecimientos del comercio que permanecieron cerrados durante las dos jornadas de Fiestas Patrias.
Eso sí, permanecerán cerrados aquellos locales que habitualmente cierran sus puertas los días domingo, como algunas galerías comerciales o ciertos establecimientos más pequeños.
Recordar que el 20 de septiembre de 2026 no corresponde a uno de los feriados obligatorios e irrenunciables establecidos para los trabajadores del comercio. La normativa contempla como feriados irrenunciables para este sector exclusivamente el 1 de mayo, 18 y 19 de septiembre, 25 de diciembre y 1 de enero.