La multa para Southbridge Compañía de Seguros Generales S.A. es de UF 1.100, mientras que para Unión Inmobiliaria S.A. fue de UF 200.

Por no pagar el seguro de garantía a la primera solicitud de su asegurado. Esta fue la razón por la que el Consejo de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) decidió multar a Southbridge Compañía de Seguros Generales S.A.

A su vez, también se resolvió sancionar a Unión Inmobiliaria S.A. por no enviar de forma oportuna sus estados financieros de septiembre y diciembre de 2021; junto a marzo, junio, septiembre y diciembre de 2022.

Para el caso de la primera, la multa asciende a UF 1.100, y para la segunda UF 200.

CMF multa a Southbridge Compañía de Seguros Generales y Unión Inmobiliaria

Según detalló la CMF, Southbridge no cumplió con la obligación establecida en el artículo 583, en su inciso final, del Código de Comercio y el Oficio Circular N°972 de 2017.

“Este señala que en los seguros de garantía o caución a primer requerimiento, las compañías deberán pagar la indemnización al asegurado dentro del plazo que establecen las pólizas sin oponer excepciones, prohibiéndoseles condicionar o diferir dicho pago”, expresaron mediante un comunicado.

En otras palabras, la compañía debe pagar el monto acordado en el seguro dentro del plazo establecido en la póliza.

Sin embargo, dos asegurados reclamaron el pago de sus indemnizaciones el 16 de noviembre de 2022, siendo rechazados por la compañía quien, finalmente, accedió al pago el 4 de marzo de 2023.

“La resolución destacó que, en los seguros de caución de este tipo, es primordial para el funcionamiento del Mercado de Seguros que las compañías observen su carácter a primer requerimiento, lo que implica que la indemnización de este tipo de seguros debe ser pagada a la mera solicitud del asegurado, dentro del plazo estipulado y sin oponer excepciones que condicionen su pago o lo difieran”, concluyeron desde el organismo fiscalizador.