El Gobierno anunció la modificación al Código Penal para incluir “la tortura” como ilícito y castigar a quienes la apliquen.

Hasta ahora la norma sólo establece penas para quienes sometan a otras personas a “tormentos o apremios ilegítimos, físicos o mentales”.

El Código Penal chileno data de 1874 y recién en 1998 se modificó su artículo 150 para castigar a quienes apliquen apremios ilegítimos, pero sin mencionar la palabra tortura.

La Corte Suprema en julio del 2011 recién incluyó este concepto en un fallo por el crimen del militante socialista, Óscar Farías Urzúa, ocurrido luego del golpe militar de 1973.

En noviembre de 2013, la Corte Interamericana de derechos Humanos condenó al Estado chileno por NO investigar las torturas a un ex preso político, Leopoldo García Lucero.

En la justicia militar la tortura se tipifica como “violencia innecesaria”, que si es con resultado de muerte, sólo establece una pena comparada al “homicidio simple”, que incluso puede ser cumplida en libertad por el condenado.

El abogado Cristián Cruz, apuntó que el código castrense, artículo 332, deja sin castigo la tortura de un superior a un subalterno.

Cruz representa a las familias de Roberto Aravena, que perdió la vida encerrado en un furgón de Carabineros en Rancagua, y de Iván Vásquez, muerto al interior de una comisaría de Chile Chico.

El ministro de Justicia, José Antonio Gómez, reconoció la deuda que existe en materia penal frente al delito de torturas y anunció que agilizarán un proyecto elaborado el 2009 para tipificar este ilícito en el Código Penal.

El Secretario de Estado anunció también que el Ministerio de Justicia se transformará en el Ministerio de Justicia y de Derechos Humanos, cuya tarea central será coordinar el trabajo de los distintos organismos del Estado sobre la materia.

Art 332 CJM: “Quedará exento de pena, cualquiera que sea el resultado del maltrato, el superior que probare que éste tuvo por objeto contener, por un medio racionalmente necesario, los delitos flagrantes de traición, sedición, rebelión, insulto o ataque a un superior, desobediencia en cato de servicio, cobardía frente al enemigo, devastación, saqueo u otro de igual gravedad”.