Dieciocho años de presidio sin acceso a beneficios, además de diversas medidas accesorias, es la condena que aplicó el Tribunal Oral de Temuco a un acusado que asesinó a un hombre de un disparo por el ojo mágico de una puerta. El individuo, apodado “El Fonola”, perpetró el crimen a fines de 2008 en la villa Padre Alberto Hurtado, del macro sector Pedro de Valdivia en Temuco.

Los jueces accedieron así a la petición de pena efectuada por el fiscal del Ministerio Público en Temuco, Cristián Crisosto, durante el juicio oral por el delito de homicidio calificado respecto del acusado José Raúl Tropán Alarcón, de actuales 30 años de edad.

Tropán fue declarado culpable en calidad de autor del hecho ocurrido el 9 de noviembre de 2008, descrito por el fiscal como premeditado y con alevosía, ya que el agresor actuó sobre seguro.

Ante los jueces, el fiscal precisó que en la fecha citada, la víctima, Marco Antonio Concha Mancilla, se encontraba en una fiesta en uno de los pasajes de Villa El Salitre. Entonces, llegó al lugar el imputado, conocido por su alias de “El Fonola”, generándose una discusión donde amenazó de muerte a la víctima y se retiró del lugar.

Horas más tarde, “El Fonola” llegó al domicilio de la víctima y golpeó la puerta del departamento del segundo piso en que éste pernoctaba, logrando que Marco Antonio Concha se acercara al acceso del domicilio, mirando hacia el exterior por el “ojo mágico” de la puerta, con la idea de ver de quién se trataba.

Del otro lado, “El Fonola” apuntaba una escopeta recortada calibre 20, que disparó a través de la “mirilla”, causando la muerte instantánea de su víctima en presencia de su esposa e hija, huyendo posteriormente para ocultar la escopeta.

Horas después, se entregó ante la Policía de Investigaciones, luego de haber escuchado en La Radio, a través de su celular, que su víctima había muerto.

En su sentencia, además de la condena citada, los jueces dejan establecida a perpetuidad la inhabilitación perpetua de José Raúl Tropan Alarcón para ocupar cargos públicos y derechos políticos, además de la imposibilidad absoluta para ejercer profesiones titulares mientras dure la condena.