Tramitar una licencia médica es una experiencia común dentro del ámbito laboral. No obstante, existen cuestiones clave que se deben tener en cuenta para evitar retrasos o problemas en los pagos del Subsidio por Incapacidad Laboral (SIL) o, incluso, sanciones en los casos más graves.
Recuerda que en Chile solo están facultados para entregar licencias médicas los médicos cirujanos, cirujanos dentistas o matronas (en caso de embarazo o de parto normal).
Ojo con los plazos al tramitar tu licencia
Lo primero que debes tener en cuenta al tramitar una licencia es que esta sea presentada dentro del plazo establecido. De lo contrario, la Compín o la Isapre están habilitadas para rechazarla (salvo casos excepcionales).
En la mayoría de los casos, cuando un médico te indica una licencia médica, esta llega de forma electrónica y automática a tu empleador.
Recordemos que, antiguamente, esto solo ocurría si tu empleador estaba adscrito a ese sistema. No obstante, con la nueva ley se estableció que solo en casos excepcionales —como mala conectividad— se permitirá la emisión en soporte físico. En esos casos tú eres quien debe hacer llegar el documento a tu lugar de trabajo para que luego sea enviada a la entidad competente que la revisará y determinará si procede el SIL.
En ese sentido, la recomendación es tener claridad de cuál es el flujo en tu trabajo al tramitar una licencia, para que el documento llegue sin inconvenientes a la entidad empleadora en el plazo adecuado.
Si trabajas en el sector público tienes 3 días hábiles siguientes a la fecha de inicio del reposo para asegurarte de que la licencia llegue a tu empleador. En el sector privado, el plazo se reduce a 2 días.
Recuerda que si eres un trabajador independiente, tú debes hacer llegar la licencia al Compín o la Isapre en un plazo de 2 días hábiles siguientes a la fecha de inicio del reposo.
El reposo durante la licencia
Cuando se emite una licencia, el profesional de la salud debe indicar el lugar físico donde se deberá llevar a cabo el reposo, generalmente el domicilio, explican desde la DT. Recuerda que, en el caso de las Isapres, estas están facultadas para realizar visitas domiciliarias para verificar el cumplimiento del reposo.
En esa misma línea, tampoco está permitido realizar trabajos mientras dure la licencia, sean remunerados o no.
Existen casos puntuales, como las licencias médicas por cuestiones psiquiátricas, donde se entiende que el trabajador puede requerir salir de su casa para realizar actividades recreativas. De ser el caso, el profesional de la salud debe consignarlo dentro del permiso.
Las personas NO pueden salir del país durante la duración de una licencia médica. En el caso de una licencia por salud mental, esto también aplica, “salvo que sea necesario para procedimiento médico y con causales muy concretas”, explicó el abogado Claudio Valdivia a T13.
La única causal que sí permite salir del país con licencia médica sin mayor inconveniente es cuando se trata del posnatal parental, aclaró la Suseso a través de una nueva Circular emitida a fines de mayo.
Fraude o falsificación de la licencia
Ya hablamos sobre lo que implica hacer un mal uso de la licencia médica, como salir de casa durante el periodo de reposo o la realización de trabajos, pero también se puede dar la toma de licencias cuando realmente no existen motivos de salud física o mental que lo ameriten.
Lo anterior ocurre, por ejemplo, si compraste una licencia falsa a un médico que ofrece estos servicios de forma clandestina o si fuiste tú quien proporcionó antecedentes clínicos falsos al profesional para que te indicara el reposo.
La nueva normativa establece sanciones para estos casos, tanto para los emisores de las licencias falsas como para aquellos que hacen uso de ellas. En el caso de estos últimos, estas pueden ir desde multas hasta penas de cárcel efectiva.
Tampoco puedes hacer uso de una licencia médica si estás cesante —a menos que haya sido emitida antes del cese de la relación laboral— o como una forma para reemplazar una pensión de invalidez, recordó El Mostrador.
Creo que rechazaron o redujeron mi licencia por error, ¿qué puedo hacer?
Como mencionamos, existen algunos casos en los que la licencia puede ser rechazada o reducida. Los motivos pueden variar, abarcando desde razones médicas hasta cuestiones jurídicas o administrativas.
Sin embargo, tanto la resolución de la Compín como de la Isapre son apelables. En el caso del primero, se debe apelar ante la Suseso. En el caso de la segunda, se puede apelar ante la Compín.
A diferencia de los afiliados a Fonasa donde el plazo no vence, el plazo para apelar en caso de afiliados a Isapre es de 15 días hábiles contados desde la recepción de la carta certificada en que se notificó el rechazo, reducción o modificación de la licencia.
En última instancia, la resolución del Compín se puede apelar a la Suseso.