El 19° Juzgado Civil de Santiago condenó a un médico cirujano a pagar una indemnización de $35.225.400 por actuar negligente tras efectuar un mal procedimiento a una paciente.

De acuerdo al fallo, la paciente sufrió serias lesiones a raíz de la mala colocación de un dispositivo experimental para el tratamiento de su diabetes tipo 2.

La situación ocurrió en abril de 2008, cuando obtuvo un tratamiento al participar en una investigación denominada “Estudio piloto de eficacia randomizado, a simple ciego y controlado, en pacientes con diabetes tipo 2 tratados con el dispositivo Gl Sleeve”.

Este tratamiento consistía en la colocación de un implante que podría ayudarla a mejorar su control de la glucosa y perder peso. Este dispositivo estaba precargado en una pequeña cápsula que sería colocada por la boca y guiada hasta el intestino delgado.

Perforación de esófago

El tratamiento lo efectuó Leonardo Rodríguez en la Clínica Providencia y, de acuerdo a lo informado, el procedimiento no duraría más de 20 minutos. Sin embargo, mientras su familia estaba en la sala de espera, se enteraron que la mujer estaba conectada a un ventilador mecánico y en un coma inducido.

De acuerdo a la explicación que les entregó Rodríguez, mientras realizaba el procedimiento le perforó el esófago de la mujer y quedó en coma inducido. La paciente debió ser trasladada al Hospital Clínico de la Universidad Católica, donde se le diagnosticó un neumotorax extenso y una filtración de la reparación esofágica hacia la pleura izquierda.

La paciente debió ser sometida a diversos procedimientos y en julio de 2008 abandonó la Unidad de Cuidados Intensivos. Sin embargo, se le evidenció que quedó con una parálisis de la cuerda vocal izquierda, lo que le impide hablar con claridad, en voz alta y con fluidez.

De acuerdo al fallo, “producto de la perforación que Rodríguez le provocó al esófago de su representada, esta prácticamente perdió su voz al habérsele provocado un parálisis a la cuerda vocal izquierda, sin perjuicio de otros daños que surgieron como consecuencia del actuar negligente del médico demandado”.

“De todos los hechos de la causa es posible determinar que la lesión del esófago provocada en la posición de la línea endoscópica de fecha 28 de abril del 2008, es causa eficiente y necesaria del perjuicio provocado a la víctima, por cuanto su sufrimiento ha sido consecuencia mediata de esta lesión, su actual pérdida parcial del habla y los problemas para deglutir”, se agregó.