La Corte de Apelaciones de Concepción ratificó la determinación alcanzada por el Juzgado de Garantía de la capital regional del Bío Bío.

La Corte de Apelaciones desechó los incumplimientos denunciados por la Fiscalía y mantuvo el arresto domiciliario para dos de los imputados en el caso Convenios.

En respuesta a argumentos de la Defensoría, la fiscal María José Aguayo recordó a los jueces el asesinato de los carabineros que fiscalizaban la misma medida cautelar en Cañete.

Lo que el Ministerio Público solicitaba, denunciando la grave y reiterada violación del arresto domiciliario, era la prisión preventiva para el exadministrador regional, Rodrigo Martínez, y para la expareja de Camila Polizzi, Sebastián Polanco.

El Juzgado de Garantía ya había rechazado la petición y por eso el recurso de la fiscal María José Aguayo a la Corte de Apelaciones de Concepción, cuya Segunda Sala escuchó este martes los alegatos, antes de confirmar lo que había sido el fallo de primera instancia.

Al hacerse cargo de cuestionamientos de la Defensoría al informe policial sobre los incumplimientos de Polanco a su arresto, la persecutora subrayó en el crimen de los tres carabineros cuando supervisaban la medida cautelar de imputados en Cañete.

Sin embargo, los ministros de la Corte penquista desecharon ese y todos los argumentos de la Fiscalía y del Consejo de Defensa del Estado, y mantuvieron el arresto domiciliario total para ambos imputados en la arista Fundación En Ti.

La abogada defensora de Martínez, Magdalena Wyss, dijo que la solicitud del Ministerio Público era infundada y por eso la satisfacción de la sentencia.

Por su parte, la defensora penal, Ximena Pulgar, dijo que se tomaron medidas para evitar discrepancias futuras entre Carabineros y su representado, Sebastián Polanco, pero subrayando que se rechazó la solicitud de la Fiscalía porque la prisión preventiva no es necesaria.

Cabe señalar que hubo un voto de minoría del abogado integrante, Marcelo Matus, quien estuvo para enviar a la cárcel a la expareja de Camila Polizzi.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)