Sin medidas cautelares quedó el imputado por un incendio forestal en la comuna de Penco, luego que la Corte de Apelaciones le revocara la prisión preventiva.
La Corte de Apelaciones revocó la prisión preventiva y dejó sin medidas cautelares al hombre detenido como responsable de iniciar un incendio forestal en la comuna de Penco, en la región del Bío Bío.
El fallo indica que para los ministros las pruebas presentadas por la Fiscalía no son suficientes para formular cargos y por eso la orden de libertad decretada.
Fue el viernes 16 de diciembre cuando vecinos del sector Montahue de Penco alertaron del siniestro que comenzó en un bosque de eucaliptus cercano, denunciando como responsable a un individuo residente en el lugar, quien fue detenido y formalizado la semana pasada.
El juez de Garantía, Carlos Aguayo, al decretar la prisión preventiva, acogió los antecedentes presentados por la Fiscalía, en especial la declaración de testigos y el hallazgo de fósforos en las ropas del imputado, lo que fue desechado por la Corte de Apelaciones de Concepción, de acuerdo a la lectura del relator de la Sexta Sala, Germán Saavedra.
De allí que al desestimar los antecedentes del Ministerio Público y valorar los entregados por la Defensoría, el tribunal de alzada, en un voto de mayoría, 2 contra 1, revocó la prisión preventiva y dejó sin medidas cautelares al hombre, de acuerdo a lo señalado por el defensor Freddy Canteros.
El imputado, sin embargo, mantendrá esa calidad y ahora lo que deberá hacer la Fiscalía es completar la investigación, de manera de recopilar nuevos antecedentes que sustenten la indagatoria contra el hombre cuya identidad se mantiene en reserva por resolución de la justicia.
Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por
lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia
dicte sentencia en su contra. (Artículo 04 del Código Procesal Penal)
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