La DAEM de la Municipalidad de Concepción fue ambigua respecto si la medida disciplinaria contra seis alumnos del Liceo Enrique Molina se enmarcó en la Ley “Aula Segura”, prefiriendo hablar que la investigación se rige por el Reglamento de Convivencia Escolar.

Al mismo tiempo, se descartó que los jóvenes hayan sido expulsados, aunque lo denunciado a la justicia es que los sancionados no pueden asistir a clases.

El polémico proceso disciplinario se conoció este viernes al presentar cuatro de seis alumnos del establecimiento un recurso de protección, denunciando como ilegal el sumario, al asegurar su abogado que no se ajusta a la normativa y debido a que además vulneraría el debido proceso.

Si bien en la acción legal se denuncia la aplicación de la Ley Aula Segura, el director encargado de la Dirección de Educación de la Municipalidad de Concepción, Jorge Riffo, se negó a admitir que el proceso se ajuste al cuerpo legal e incluso descartando que los estudiantes estén expulsados.

Los jóvenes fueron investigados por participar de una manifestación y en la cual una paradocente y una profesora del Liceo Enrique Molina resultaron con lesiones tras ser agredidas.

No obstante lo anterior, el abogado de los apoderados, Francisco Ugarte, asegura que los hijos de sus clientes desconocen su responsabilidad, que además están impedidos de asistir a clases desde hace casi dos semanas y asegurando que la medida de expulsión se enmarcó tanto en el Reglamento de Convivencia como en la Ley Aula Segura.

Al insistirse si se aplicó la polémica ley que faculta a los directores de establecimientos educacionales para desvincular a estudiantes involucrados en hechos de violencia, el director de la DAEM respondió que era una normativa que estaba en revisión por parte de la instancia y de la Municipalidad de Concepción.

Será en este escenario de ambigüedad -tanto del estamento como de los denunciantes- que la Corte de Apelaciones penquista se pronuncie probablemente este lunes sobre la legalidad del proceso contra los estudiantes del Enrique Molina, declarando la admisibilidad del recurso así como la orden de no innovar solicitada para obligar a la reincorporación a clases de los jóvenes.