La justicia absolvió a un coronel de Carabineros acusado de falsificación de instrumento público, obstrucción de la investigación y detención ilegal de un subalterno, a quien se le imputó conducción en estado de ebriedad con resultado de daños, lo que luego fue descartado.

El Tribunal Oral en lo Penal de Valdivia – en la región de Los Ríos – absolvió a un coronel de Carabineros, acusado por los delitos de falsificación de instrumento público, obstrucción a la investigación y detención ilegal de un subalterno.

Los hechos se remontan al 6 de agosto de 2017, cuando el efectivo se desempeñaba como comisario de la Primera Comisaría de Carabineros de Valdivia con grado de mayor y tomó un procedimiento tras un choque vehicular en avenida Arturo Prat, donde se vio involucrado un sargento segundo, quien estaba de día libre.

Subalterno fue acusado de conducción en estado de ebriedad

En el parte policial emanado tras el accidente se comunicó que el sargento iba conduciendo el vehículo, lo que significó que fuese formalizado y luego sobreseído del delito de conducción en estado de ebriedad con resultado de daños, ya que se comprobó que iba de copilito. Además, se le decretó la suspensión de su licencia.

Por la elaboración de ese parte, la Fiscalía lo acusó por los delitos de falsificación de instrumento público, obstrucción a la investigación y detención ilegal en contra del subalterno.

Ante las pruebas presentadas en un caso en el que se hizo parte el Consejo de Defensa del Estado, el Tribunal consideró que si bien pudo haber una acción impulsiva por el entonces mayor de Carabineros, poco riguroso e incluso desprolijo en su rol jerárquico, no alcanza para afirmar la existencia de un dolo en su actuar, sin acreditarse los delitos imputados.

El fiscal Álvaro Pérez confirmó la determinación del Tribunal, añadiendo que en los próximos días se conocerán en detalle los argumentos del tribunal para absolver al coronel.

Se descartó dolo en el actual del coronel

En el veredicto se establece que después que el comisario habló con el sargento, dio a conocer en presencia de otros funcionarios que éste era el conductor del vehículo, activando de inmediato el procedimiento de rigor a fin de determinar su grado de intemperancia al percibir su superior jerárquico su evidente hálito alcohólico.

“De acuerdo a la apreciación de estos magistrados, no existen indicios para considerar que haya existido dolo en el actuar del acusado, ni menos un afán de dañar a sargento, no advirtiéndose motivo alguno para actuar falsamente con un ánimo de perjudicarlo, debiendo desecharse argumentaciones acerca de eventuales odiosidades genéricas entre distintos escalafones dentro de la institución de Carabineros, por cierto no demostradas respecto de los dos funcionarios involucrados en este caso”, se lee en el fallo.

Añaden que “al no existir dolo, ni figuras residuales culposas, y habiéndose descartado la ocurrencia del hecho base que sirve de matriz a todos los injustos imputados, el Tribunal sostiene que existe una duda más que razonable y que se deben desechar todos los cargos”.

En cuanto al delito de falsificación de instrumento público, además se estima que la prueba rendida no fue idónea al no haberse incorporado directamente el parte policial respectivo.

Complementan que si bien se acreditó que el sargento no iba conduciendo el vehículo en cuestión, “esa conclusión irrefutable solo surge ex post, por lo que no puede exigirse al acusado una conducta acorde a dicha certeza”.

“Los indicios preliminares eran suficientemente indicativos a esa altura de la investigación, esto es, durante las primeras diligencias policiales, de que lo más probable era que el sargento hubiese ido conduciendo, ya que se trataba de su automóvil, fue la única persona que estaba en el lugar cuando llegan los primeros funcionarios de Carabineros, se encontraba con consumo de alcohol y tendido en la vía pública y, además, con los pies dentro del vehículo en el asiento del conductor”, se explica en la resolución.

La lectura de la sentencia quedó fijada para el 1 de diciembre. El persecutor afirmó que analizarán el fallo detenidamente para revisar si corresponde o no ejercer el derecho legal de presentar un recurso de nulidad.