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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La Corte Suprema ratificó multa de casi $70 millones a empresa Caleta Bay por sobreproducción de trucha arcoíris en jaulas de Cochamó en 2016. Falló a favor de Sernapesca confirmando la sanción en estuario del reloncaví. Empresa cosechó más truchas de las permitidas y entregó información incorrecta, con diferencia de 15 mil peces no reportados como egresos. Luego de 9 años de proceso, tercera instancia rechazó recurso de casación de Caleta Bay.

La Corte Suprema ratificó una multa de casi $70 millones de pesos en contra de la empresa Caleta Bay, por sobreproducción de trucha arcoíris -en 2016- en jaulas de Cochamó, región de Los Lagos.

De esta manera, el máximo tribunal falló en favor del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca) y confirmó la multa en jaulas ubicadas en el estuario del reloncaví.

Los hechos ocurrieron entre febrero y noviembre de 2016, año en el que la empresa contaba con permiso para cosechar un millón de truchas arcoíris.

Según se constató por parte del servicio, la salmonera entregó información incompleta y no fidedigna: en el sistema de información para la fiscalización de acuicultura se reportó una cosecha de 794 mil peces, mientras que mediante declaración jurada a la Subsecretaría de Pesca se informó un total de 809 mil.

Esto generó una diferencia de más de 15 mil ejemplares. Además, 50.547 peces no fueron informados como egresos, lo que constituye una infracción gravísima a la normativa.

Luego de 9 años de la tramitación, la tercera instancia judicial rechazó el recurso de casación presentado por Caleta Bay respecto a dicha multa. Así las cosas, ratificó la multa aplicada por Sernapesca.

Sin embargo, la sentencia no se encuentra ejecutoriada porque nuevamente la salmonera apeló a dicha sentencia, pues el juez solicitó un informe pericial que no coincidía con el procedimiento por el que se le multó. Se presentó un nuevo recurso que aún no es declarado admisible por el máximo tribunal.